Un debate que persiste en el tiempo: ¿las propinas son parte del salario de los meseros? Esto es lo que dice la Ley Federal del Trabajo al respecto. También te puede interesar: 1 de octubre será día de descanso obligatorio, ¿para quiénes aplica?
La propina es conceptualizada como una gratificación al servicio recibido en un restaurante, bar u hotel. Ocasionalmente, va desde el 10 hasta el 15 por ciento, pero puede elevarse aún más. Este adicional suele ser agregado al final de la cuenta, sea directamente en el cobro o, si la transición es en efectivo, con el cambio que se dé.
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Sobre si son parte del salario de los meseros, la Ley Federal del Trabajo (LFT) redacta que sí forman parte de la remuneración de los trabajadores de un establecimiento, pero se debe establecer el porcentaje junto al establecimiento.
Por su parte, el empleador o jefe no puede retener esta suma ni condicionarla. Estos apartados también aplican para propinas que sean otorgadas desde el pago con tarjeta de crédito o débito, donde suele ser más ‘fácil’ rastrear estos ingresos debido al registro de movimientos en la terminal.
Asimismo, aunque en sentido estricto es una gratificación, las leyes mexicanas la perciben como un ingreso y, por ende, es objeto del pago de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
¿La propina es obligatoria para los clientes?
Pese a que se ha reportado que este cobro suele verse como ‘automatizado’, lo cierto es que la ley contempla a esta bonificación como voluntaria. Es decir, los clientes no deben dar propina, si no lo consideran apropiado. Asimismo, quienes quieran dar este incentivo adicional, podrán elegir el porcentaje que más se les acomode, siendo entre el 10 y 15 por ciento las proporciones más utilizadas.
Aunque haya ‘presión social’, ahora sabes que las propinas deben ser voluntarias; incluso si consideras que no debes otorgarla, aún conociendo el contexto legal que hay detrás.