La Ley Federal del Trabajo (LFT) es la responsable de regular las relaciones laborales en la Republica Mexicana, estableciendo los derechos y obligaciones tanto de empleados como de patrones.
En este sentido uno de los aspectos de mayor importancia es la asistencia laboral, dado que faltar sin justificación puede ser motivo de despido.
Esto dice el artículo 47, fracción X de la LFT:
Si un trabajador acumula más de tres faltas injustificadas en un periodo de 30 días, el patrón puede despedirlo sin responsabilidad legal.
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Esto quiere decir que aunque no hay un límite general de faltas permitidas, tres ausencias sin justificación en un mes pueden derivar en la rescisión del contrato.
¿Qué está considerado como una falta justificada?
- Enfermedades con incapacidad médica del IMSS.
- Días de descanso otorgados por la empresa.
- Permisos especiales aprobados por el patrón.
- Situaciones de fuerza mayor (desastres naturales, emergencias familiares).
Otras razones de despido justificado
A parte de las faltas injustificadas, el artículo 47 de la LFT señala otras razones por las cuales un patrón puede despedir a un trabajador sin responsabilidad las cuales son:
- Faltas de honradez o violencia contra compañeros, clientes o superiores.
- Negligencia grave que comprometa la seguridad del establecimiento o personas.
- Acoso u hostigamiento sexual en el lugar de trabajo.
- Revelar información confidencial de la empresa.
- Desobediencia a las órdenes del patrón en actividades relacionadas con el trabajo.
Prestaciones de ley para los trabajadores en México
La LFT también menciona los derechos fundamentales que los empleados deben recibir por ley. Estas son las 12 prestaciones básicas:
- Aguinaldo – Pago en diciembre equivalente a al menos 15 días de salario.
- Vacaciones y prima vacacional – Desde 6 días de descanso pagado al primer año.
- Prima dominical – Extra por trabajar en domingo.
- Días de descanso – Al menos un día obligatorio por semana.
- Licencia de maternidad – 12 semanas antes y después del parto.
- Licencia de adopción – Permiso para trabajadores que adopten un menor.
- Periodo de lactancia – 2 descansos de 30 minutos diarios para amamantar.
- Licencia de paternidad – 5 días hábiles por nacimiento o adopción.
- Prima de antigüedad – Pago adicional por más de 15 años en la empresa.
- Indemnización por renuncia – Pago proporcional de aguinaldo y vacaciones.
- Indemnización por despido injustificado – 3 meses de salario + beneficios.
- Participación de utilidades (PTU) – Derecho a recibir una parte de las ganancias de la empresa.