EMPLEOS

Ley Federal del Trabajo: estas son las razones por las que podrían despedirte sin darte liquidación

De a cuerdo al artículo 47 de la LFT, existen causas de despidos justificados por parte de las empresas hacia sus empleados

Estas acciones podrían ocasionarte tu despido sin derecho a liquidación
Estas acciones podrían ocasionarte tu despido sin derecho a liquidaciónCréditos: Cortesía
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Ley Federal del Trabajo (LFT) es la encargada de proteger los derechos de los trabajadores, así como estipular las obligaciones que tienen estos con los patrones y empresa, en caso de no respetarse hay sanciones tanto para las empresas, como para el trabajador dependiendo de quien haya incurrido en la falta. 

Por lo cual a continuación daremos a conocer cuales son las acciones que podrían causar un despido justificado en los trabajadores. 

Antes que nada, es importante saber que la liquidación es una indemnización, que el patrón está obligado a pagar siempre y cuando sea un despido injustificado.

Mientras que por otro lado, el finiquito es entregado al empleado por el empleador cuando concluye la relación laboral que mantenían.

A continuación daremos a conocer de acuerdo a la LFT motivos y razones, por las que se puede despedir a un empleado sin derecho a una liquidación. 

Motivos de despidos justificados según la LFT

De a cuerdo al artículo 47 de la LFT, estas son las causas de despidos justificados por parte de las empresas hacia sus empleados:

  • Presentar certificados falsos o referencias en lo que se atribuya al trabajador, capacidad, aptitudes o facultades de que carezca.
  • Cometer faltas de honradez, actos de violencia, amagos, injurias, hostigamiento, acoso sexual, malos tratos en contra del patrón, sus familiares o resto de compañeros, siempre y no cuando medie provocación o que obre en defensa propia.
  •  En el caso de que se cometa los actos del punto dos fuera de horario si son de manera grave, es decir que sea imposible el cumplimiento de la relación de trabajo.
  •  Dañar intencionalmente material de trabajo, equipo o mobiliario durante su jornada laboral.
  • Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él.
  • Compartir información privada de la empresa con perjuicio de la empresa.
  • Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada.
  • Desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado.
  • Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes.
  • Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica.
  • La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisión, que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo.

Si haz incurrido en alguna de las faltas anteriores, deberás saber que podrían despedirte de manera justificada; pero, tu patrón tendrá que notificarte por escrito en donde se mencionará claramente la conducta o conductas que sean el motivo de rescisión del contrato laboral, así como las fechas en las que se cometieron. 

Además se tendrá que entregar personalmente el escrito personalmente al empleado, en el momento del mismo despido o en su defecto, comunicarlo al Tribunal competente, dentro de los cinco días hábiles siguientes.

Esto es lo que deberá pagar el patrón en caso de despido justificado

  •  Días trabajados y no pagados hasta la fecha de terminación.
  •  Parte proporcional del aguinaldo.
  •  Parte proporcional de vacaciones.
  •  Parte proporcional de la prima vacacional.
  •  Prima de antigüedad.
  • Otras prestaciones vigentes según el contrato de trabajo, como bonos, comisiones, fondo de ahorro y utilidades.