LEY FEDERAL DEL TRABAJO

LFT: ¿cuándo es el siguiente día de descanso obligatorio o salario triple en México?

Al estar escrito en la Ley Federal del Trabajo, esta política no es negociable con los empleadores o patrones

Este es el próximo día de descanso en México, según la LFT
Este es el próximo día de descanso en México, según la LFTCréditos: Freepik
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El pasado lunes 2 de febrero se conmemoró el Día de la Constitución, aunque oficialmente es el 5 del mismo mes. Posterior a esta fecha, ¿cuándo volverá a haber día de descanso obligatorio o salario triple?, esto dice la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Los días de descanso obligatorio o feriados en México son aquellos que corresponden a fechas especiales en el país. Como se explicó previamente, la fecha recién superada fue la que conmemoró la Constitución Política de México.

¿Cuándo será el próximo descanso obligatorio en México?

Algunos feriados en México no son fijos, es decir, pueden caer en distintos días, y el próximo descanso aplica con esta regla. Esto se debe a que la LFT lo apunta al tercer lunes de marzo, que para 2026 es el 16 de marzo.

LFT: ¿qué se celebra el 16 de marzo y por qué es feriado?

Como tal, el 16 de marzo no es un día histórico en México, pero este es en representación al 21 de marzo: Natalicio de Benito Juárez.

El Benemérito de las Américas dejó invaluables aportaciones al país, pero destacan las Leyes de Reforma, que primordialmente marca la separación del Estado y la Iglesia

¿Te deben pagar triple si trabajas en día feriado?

La LFT no solo estipula los descansos para los trabajadores, sino que también ampara a los activos que se deben presentar a sus labores, pues actividades como el transporte, seguridad, cuidados médicos y más no pueden detenerse por una jornada entera.

En este caso, dice la Ley Federal del Trabajo, se deberá pagar normalmente al implicado y a dicha cifra sumarle el doble. Es decir, salario triple.

Cabe hacer hincapié que esta es una ley federal, por lo que no puede ser negociable con el empleador. Los patrones deben dar salida al descanso o, en su defecto, pagar más a los subordinados que se presenten en dicha fecha.