DÍAS FERIADOS

Ley Federal del Trabajo: ¿me pagarán triple si trabajo durante el cambio de poder?

Es importante que los trabajadores en México conozcan su derechos, pues en caso de alguna duda se pueda solucionar con la empresa

Te contamos cómo es el pago si laboras el 1 de octubre
Te contamos cómo es el pago si laboras el 1 de octubreCréditos: Especial
Escrito en NACIONAL el

Para este año, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo se agregó un día feriado al calendario, por lo que los trabajadores en México se preguntan si se pagará triple en caso de que les toqué laborar. Aquí te contamos qué es lo que marca la ley, pues es fecha es la transición de poderes en el país.

¿Me pagarán triple si trabajo durante el cambio de poder?

Ahora bien, la ley es muy clara, que el día que se agregó no sólo aplica cada año, sino cada seis que es cuando se presenta el cambio de poderes en México, es decir el siguiente feriado corresponde al 1 de octubre del 2023. La buena noticia es que sí, el pago por trabajar ese día debe ser triple, que corresponde al pago normal, más dos días extras.

El 1 de octubre es de descanso obligatorio, o pago triple

El 1 de octubre del 2024 se llevará a cabo la transición de poderes en México, cuando concluya el mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador y asuma la presidencia, Claudia Sheinbaum. Así que desde el 2023 se agregó esa fecha como feriado.

Por ley, el pago debe ser así, en efectivo y sin distinción, pues ya es considerado como descanso obligatorio. Ahora, la empresa tiene la facultad de dar el día libre el 1 de octubre a los empleados y así ya no existe un pago triple, sino que se paga como normal.

Días feriados de descanso obligatorio 2024

  • I. El 1o. de enero;
  • II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
  • III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
  • IV. El 1o. de mayo;
  • V. El 16 de septiembre
  • VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
  • VII. El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
  • VIII. El 25 de diciembre, y
  • IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.