UTILIDADES

Reparto de Utilidades 2024: ¿Qué trabajadores no podrán recibir el pago?

La Ley Federal del Trabajo y Previsión Social establece algunas condiciones para que los trabajadores reciban este beneficio

Existen casos en los las empresas no están obligadas al pago de utilidades
Existen casos en los las empresas no están obligadas al pago de utilidadesCréditos: Especial
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El pago por Reparto de Utilidades es un derecho constitucional que reciben los trabajadores mexicanos, que es un tipo de gratificación o incentivo que tiene como objetivo reconocer la productividad del empleado en la empresa que labora, aunque desafortunadamente, no en todos los casos las personas son acreedoras a este beneficio.

Existen casos puntuales contemplados por la Ley Federal del Trabajo y Previsión Social (STPS), en los que exime a las empresas de esta obligación para sus trabajadores, por lo tanto, es bueno tener identificados a qué casos se refiere la legislación.

¿Quiénes no recibirán utilidades?

- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social señala que las empresas de nueva creación y que están en su primer año de funcionamiento, están exentas del pago de utilidades a sus trabajadores o empleados.

- También quedan exentas de esta obligación las instituciones de asistencia privada que ejecutan actos con fines humanitarios o de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

- Dependencias como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), además de instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, que no genera utilidades, tampoco otorgarán este beneficio a sus trabajadores.

-Además, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social exime de este pago a las empresas que tengan un capital menor fijado por ramas de la industria.

-Tampoco recibirán pago de utilidades los elementos que hayan trabajado menos 60 días.

Además, de acuerdo a la ley, las empresas tampoco tienen obligación de cumplir con este pago con sus administradores, ni gerentes generales o directores; a esta lista se agregan profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir algún contrato de trabajo.

¿Cuándo se debe pagar las utilidades?

Los trabajadores deben recibir el pago del Reparto de Utilidades a más tardar el 30 de mayo, sí el beneficio viene de una persona moral (empresa); si se trata de una persona física, el pago se deberá ser a más tardar el 29 de junio.