Los días de asueto y feriados tienen la finalidad de brindar un descanso a todos aquellos trabajadores en sus actividades diarias para celebrar ciertas festividades religiosas o cívicas.
Los feriados son fechas instituidas como de descanso obligatorio, por lo que no deberán laborar los empleados, y en caso de hacerlo deberán recibir un pago extra.
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En tanto, los días de asueto, se otorgan en ciertos casos y en acuerdo mutuo con la empresa para la que trabajas. Las instituciones no están obligadas a pagar más en estos casos.
A continuación recordaremos daremos a conocer cuáles son los días festivos en lo que resta del año y el caso especial del aniversario del Día de Muertos.
Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), en caso de trabajar durante un día feriado (descanso obligatorio), los colaboradores deberán acceder a un pago extra, independientemente de su sueldo, es decir, el patrón deberá cubrir el salario diario normal más el doble.
¿El día 2 de noviembre Día de Muertos se paga doble?
La respuesta a esta pregunta es no, pues se trata de un día de asueto. Pese a que miles de personas lo celebran o lo solicitan en sus empresas para realizar actividades relacionadas a la memoria de los seres queridos, esta fecha no esta estipulada por la LFT como descanso obligatorio.
Fechas consideradas como días feriados
Calendario
- El 1 de enero (Año Nuevo)
- Primer lunes de febrero (conmemoración de la Constitución Mexicana del 5 de febrero)
- Tercer lunes de marzo (aniversario del Natalicio de Benito Juárez)
- El 1 de mayo (Día del Trabajo)
- El 16 de septiembre (Independencia de México)
- Tercer lunes de noviembre (Conmemoración de la Revolución Mexicana)
- El 25 de diciembre (Navidad)
También hay que tener presente que a estos días debe sumársele la transmisión del Poder Ejecutivo, es decir, cuando hay cambio de Presidente cada 6 años, que normalmente era el 1 de diciembre.
Además, en el 2024 se otorgará el 1 de octubre, debido a la modificación que se ejecutó en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).