Si estás planeando tener un hijo, o ya estás embarazada, y eres una empleada, debes de saber que en esa etapa de tu vida, tu trabajo está obligado a respetar tus derechos laborales, si no sabes cuáles son, aquí te los decimos.
Durante esta etapa y el periodo de lactancia, la Ley Federal del Trabajo (LFT) proporciona y garantiza en el país una serie de derechos laborales. Esto quiere decir, que no se deben de negar de ninguna manera a tus derechos, ni mucho menos podrás perder tu trabajo.
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Además, si no cuentas con un empleo al saber que tendrás un hijo, debes saber que ningún empleador puede solicitar un certificado de no embarazo durante el proceso de contratación.
- En caso de que estés laborando queda explícitamente prohibido que te despidan por esta causa.
- No pueden obligarte a realizar actividades físicas demandantes y si es que se requiere en tu trabajo es necesario que te cambien de puesto temporalmente.
- Tienes derecho a dos periodos de descanso pagados en tiempo y forma de acuerdo a tu salario que son seis semanas antes y después del parto.
- Cuando llegue el momento del parto, el bebé requerirá atención médica o en caso de que padezca alguna discapacidad, el segundo permiso se podrá extender hasta por ocho semanas.
- Si es que durante el embarazo se establece médicamente que la mujer no está en condiciones de prestar sus servicios, entonces los descansos también se extienden, pero en este caso el sueldo se reduce a la mitad y la temporada se podrá alargar en un plazo no mayor a 60 días.
- Al estar en los periodos pre y post parto es necesario tomar en cuenta la antigüedad de la trabajadora.
- Debes saber que tienes derecho a regresar al puesto que desempeñas hasta por un año después del parto.
- Cuando haya nacido el bebé, hay derecho a dos descansos de media hora para que tengas la oportunidad de alimentarlo, pero puedes sustituir los descansos por una reducción en tu jornada laboral.
- En casos de adopción, la ley contempla que las mujeres en estas circunstancias tendrán acceso legal a un descanso de seis semanas pagadas.
- Por otro lado, en cuanto al concepto de paternidad tanto de embarazo como por adopción, a los hombres se les concederá un descanso de cinco días de descanso con pago de sueldo.
Es así como estos puntos quedan establecidos en los artículos 166, 166, 170 y 132 de la Ley Federal del Trabajo. Exige tus derechos y recibe un trato laboral digno durante el embarazo.