La Ley Federal del Trabajo garantiza en México que los días inhábiles trabajados sean pagados al triple para todos los trabajadores.
Estos días impactan en la economía de los mexicanos, ya que el artículo 74 detalla las jornadas de descanso obligatorio, brindando una mejora financiera en caso de laborarlos.
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Días feriados obligatorios en 2025:
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1 de enero: Año Nuevo
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Primer lunes de febrero (5 de febrero): Día de la Constitución.
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Tercer lunes de marzo: Natalicio de Benito Juárez.
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1 de mayo: Día del Trabajo.
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16 de septiembre: Día de la Independencia.
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Tercer lunes de noviembre: Revolución Mexicana.
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25 de diciembre: Navidad.
Si vas a trabajar en cualquiera de esas fechas, debes saber que es obligatorio que recibas un ingreso extra, ya que se paga el salario mínimo, más el doble como compensación, sumando tres veces el salario por día.
En estas fecha recibirías el pago
Estos ingresos extras ayudan a millones de trabajadores mexicanos cada año. A continuación se puede ver las quincenas que incluyen estos días feriados.
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Primera quincena de enero: Año Nuevo.
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Primera quincena de febrero: Día de la Constitución.
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Segunda quincena de marzo: Natalicio de Benito Juárez.
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Primera quincena de mayo: Día del Trabajo.
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Segunda quincena de septiembre: Día de la Independencia.
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Segunda quincena de noviembre: Revolución Mexicana.
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Segunda quincena de diciembre: Navidad.
Lo que puedes ganar en estos días festivos
La Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI) estableció el salario mínimo para 2025:
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278.80 pesos diarios en la mayor parte del país.
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419.88 pesos diarios en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN).
Un trabajador que se presente a laborar durante días inhábiles recibirá:
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Zona general: 836.40 pesos por jornada.
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ZLFN: 1,259.64 pesos por jornada.
El pago extra, según la LFT
Los empleadores deberán remunerar a sus trabajadores con el pago triple de su salario si laboran durante los días festivos, así lo estipula la Ley Federal del Trabajo. Se incluye lo siguiente:
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El salario normal por la jornada trabajada.
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El doble del salario diario como compensación adicional.