Existen dudas entre los trabajadores que piensan que al laborar el 1 y 2 de noviembre recibirán el doble de su salario y aquí te decimos lo que pasa.
Hay ciertos tipos de negocios que suelen hacer "puente" en estas fechas, incluso cierran negocios al considerar que esta fecha es de asueto. Los bancos también suelen marcar la fecha como si fuera un día de descanso obligado.
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¿Se paga o no?
Estos días, que son tan tradicionales en la cultura para los mexicanos, no son considerados cívicos por la Ley del Trabajo, por lo tanto, no pueden ser pagados al doble por los patrones.
Para el calendario escolar sí está considerado el descanso el Día de Muertos, 2 de noviembre, e incluso algunas empresas le otorgan el día a sus empleados.
Este año los días 1 y 2 de noviembre caen entre semana, martes y miércoles, por lo tanto, tampoco están considerados para hacer un posible puente entre los trabajadores que acostumbrar tomar los días cuando alguno de estos festivos cívicos sí tocan en viernes o lunes.
Para el calendario cultural y de las tradiciones, el 1 de noviembre es el Día de Todos los Santos y corresponde a la conmemoración de muerte de niños y el 2 de noviembre es para recordar a todos los difuntos adultos.
No está contemplado descansar
El Día de Muertos es una festividad cultural, y no cívica, por lo tanto el descanso no es obligatorio, aunque algunos lugares, como los bancos, sí lo otorgan a sus empleados.
La Ley Federal del Trabajo solo considera nueve días de descanso obligatorio al año, entre los cuales no incluyen estas festividades.
Aunque las escuelas no tendrán clases y los bancos tampoco darán servicio, si te toca ir a trabajar, no te corresponderá un pago doble.
¿Cuáles son considerados feriados en México?
Según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, los días feriados de 2022 son:
- Enero: 1 se festeja el Año Nuevo.
- Febrero: 1 se celebra la Constitución Mexicana (aunque su promulgación fue el 5 de febrero).
- Marzo: 15 se celebra el natalicio de Benito Juárez (aunque su conmemoración es el 21 de marzo).
- Mayo: 1, Día del Trabajo
- Septiembre: 16, el Día de la Independencia
- Noviembre: 21 se celebra la Revolución Mexicana (la fecha oficial es 20 de noviembre)
- Diciembre: 25 de diciembre, Navidad.
Cuando un trabajador labora en uno de estos días feriados, su patrón sí está obligado a pagarle tres veces su sueldo diario ordinario.