El sistema de seguridad social en México continúa su proceso de transformación bajo el esquema de la Ley del Seguro Social de 1997. Para quienes comenzaron a cotizar después del 1 de julio de ese año, el panorama del retiro depende directamente del ahorro acumulado en su cuenta individual de Afore. Al llegar el 2026, las reglas del juego han experimentado ajustes graduales derivados de la reforma de 2020, lo que obliga a los futuros pensionados a revisar con lupa su situación laboral y sus semanas de cotización para asegurar un descanso digno.
Requisitos fundamentales para iniciar el trámite
Acceder a una pensión bajo la Ley 97 no es un proceso automático; requiere cumplir con una serie de condiciones administrativas y de edad que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) verifica rigurosamente. El primer factor determinante es la edad del solicitante. Existen dos vías principales: la Cesantía en Edad Avanzada, que se puede tramitar a partir de los 60 años, y la Vejez, que requiere haber cumplido los 65 años.
Además de la edad, es indispensable que el trabajador se encuentre en "baja" del Régimen Obligatorio, es decir, que ya no mantenga una relación laboral activa al momento de solicitar el beneficio. Otro requisito clave es contar con el Expediente de Identificación del Trabajador actualizado en su Afore, el cual incluye datos biométricos. Sin este archivo digital, los trámites ante el IMSS pueden sufrir retrasos considerables o incluso ser rechazados.
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Semanas cotizadas: el incremento para 2026
Uno de los cambios más significativos de la reforma reciente es el incremento anual en el número de semanas mínimas requeridas. Mientras que en el pasado se exigían 1,250 semanas, la ley actual estableció un piso de 750 semanas en 2021, con un aumento progresivo de 25 semanas cada año.
Para este 2026, los trabajadores que deseen pensionarse deben haber acumulado un mínimo de 875 semanas cotizadas. Este número seguirá ascendiendo hasta alcanzar el tope de 1,000 semanas en el año 2031. Es fundamental que los asegurados descarguen su Constancia de Semanas Cotizadas a través de la plataforma digital del IMSS para verificar que todos sus periodos laborados aparezcan correctamente registrados, ya que cualquier omisión podría dejarlos por debajo del mínimo legal requerido.
Modalidades de retiro bajo el régimen actual
La Ley 97 ofrece diferentes caminos para recibir los recursos acumulados, dependiendo del monto total ahorrado en la Afore:
- Renta Vitalicia: se contrata con una aseguradora. El trabajador transfiere su saldo para recibir un pago mensual de por vida, el cual se ajusta anualmente según la inflación.
- Retiro Programado: se pacta directamente con la Afore. El monto de la pensión depende del saldo acumulado y de la esperanza de vida calculada para el titular, lo que significa que el recurso podría agotarse si el pensionado sobrevive al periodo estimado.
- Pensión Mínima Garantizada: es aquella que el Estado otorga a quienes cumplen con la edad y las semanas (875 en 2026), pero cuyo ahorro en la Afore es insuficiente para contratar una de las opciones anteriores.
¿Cuánto dinero recibirán los pensionados?
El monto de la pensión en la Ley 97 es, para muchos, el punto más crítico, ya que a diferencia de la Ley 73, aquí el cálculo no se basa estrictamente en el promedio salarial de los últimos cinco años, sino en el ahorro total. El dinero que recibirá el trabajador será proporcional a las aportaciones patronales, las del gobierno y, muy especialmente, al ahorro voluntario realizado durante la vida laboral.
Las proyecciones para abril de 2026 sugieren que el pago mensual promedio se situará en los $6,600 pesos. No obstante, esta cifra no es fija, ya que el monto final fluctúa en un margen de entre $3,500 y $10,600 pesos, dependiendo directamente de la trayectoria salarial y la edad de retiro de cada asegurado.
