Con la llegada del mes de abril, miles de pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se enfrentan a una de las dudas más recurrentes en materia fiscal sobre si deben pagar impuestos por su pensión. Aunque estos ingresos suelen estar protegidos, existen límites específicos marcados por la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LSR) que determinan si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizará una retención o si el beneficiario debe presentar su declaración anual.
¿Cuál es el monto máximo para estar exento de impuestos?
De acuerdo con la normativa vigente, las pensiones y jubilaciones gozan de un beneficio de exención que se calcula con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Para este ejercicio fiscal, el monto de la pensión está libre de impuestos siempre y cuando no exceda las 15 veces el valor de la UMA diaria.
En términos prácticos, esto significa que la gran mayoría de los pensionados en México no pagan un solo peso de Impuesto Sobre la Renta (ISR). Para que el SAT comience a aplicar impuestos, el ingreso mensual del pensionado debe superar aproximadamente los 49,000 pesos. Si tu depósito mensual es menor a esta cifra, el monto es íntegro para ti. En caso de que recibas una cantidad superior, el impuesto no se aplica a toda la pensión, sino únicamente al excedente que sobrepase dicho límite.
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¿Quiénes no deben declarar?
No todos los adultos mayores retirados tienen la obligación de interactuar con el fisco. Quedan exentos de presentar la declaración anual aquellos que se encuentren en los siguientes supuestos:
- Ingresos menores al límite: quienes reciben una pensión mensual inferior a los 15 salarios mínimos o UMA (según el tope mencionado anteriormente).
- Un solo ingreso: aquellos cuyo único ingreso proviene exclusivamente de la pensión del IMSS y no han tenido otras fuentes de financiamiento durante el año.
- Monto anual bajo: si la suma de todas las pensiones recibidas en el año anterior no superó los 400,000 pesos, la autoridad fiscal no exige el trámite de la declaración.
¿Quiénes deben presentar la declaración anual en abril?
Existen casos específicos donde el pensionado se convierte en un contribuyente activo y debe rendir cuentas ante el SAT. Los jubilados obligados a declarar en abril de 2026 son aquellos que:
- Superan el tope de ingresos: quienes percibieron ingresos anuales por concepto de pensión superiores a los 400,000 pesos.
- Tienen doble pensión: si el beneficiario recibe dos o más pensiones simultáneamente (por ejemplo, una por jubilación y otra por viudez) y la suma de ambas excede los límites exentos.
- Ingresos adicionales: aquellos que, además de su pensión, reciben ingresos por otros conceptos como arrendamiento (renta de casas o locales), honorarios por servicios profesionales o actividades empresariales.
¿Cuándo se presenta la declaración anual?
El calendario fiscal para las personas físicas, categoría en la que entran los pensionados, es muy claro. La declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal anterior debe presentarse durante todo el mes de abril de 2026.
El plazo límite es el 30 de abril. Es recomendable realizar el trámite en las primeras semanas del mes, ya que el sistema suele saturarse en los días finales. Además, si al realizar el cálculo resulta un "saldo a favor" (dinero que el SAT te devuelve), quienes declaran temprano suelen recibir sus depósitos de devolución de manera más ágil.
