En México el 2 de noviembre, se conmemora el Día de Muertos, tradición en la que se recuerda a los que no están y en la cual hogares, escuelas de todos los niveles educativos, oficinas, empresas y casi cualquier sitio destina un espacio de sus instalaciones para la elaboración de un altar, que dará la bienvenida a los que ya no pertenecen a este mundo en su regreso esta fecha.
Conociendo la importancia del Día de Muertos en México, son muchas personas las que se preguntan, si el 2 de noviembre es fecha de asueto o descanso obligatorio.
Te podría interesar
¿Hay clases el 2 de noviembre?
Para responder a esta incógnita, primero se recurrirá a revisar el Calendario Escolar de la Secretaría de Educación Pública 2024 – 2025.
Este calendario estipula los días de labores en los niveles de educación preescolar, primaria y secundaria, pero también marca aquellas fechas de descanso obligatorio o suspensión de actividades.
La agenda escolar de la SEP, señala un itinerario de 190 días y entre los que se puede notar que el 2 de noviembre o Día de Muertos, no está estipulado como descanso o paro de actividades.
¿Se trabaja el Día de Muertos y deben pagarme doble?
Las personas trabajadoras no se rigen por el Calendario Escolar de la SEP, por lo que para conocer si el sector laboral goza de este día de descanso o si debe recibir una compensación económica, hay que atender a lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo, LFT.
Y de acuerdo con el Artículo 74 de la LFT, mismo que señala los días de asueto obligatorio, el Día de Muertos no está contemplado como feriado, por lo que trabajar esta fecha, no es meritoria de una compensación salarial.
Aunque algunas empresas tienen a bien dar esta fecha a sus trabajadores, esta es a completa consideración de los empleadores.