Indiscutiblemente el derecho al trabajo engloba una serie de principios y normas que regulan las relaciones entre trabajadores y empleadores. Pero, tanto el trabajador como el patrón tienen ciertos derechos, obligaciones, así como prohibiciones.
Según el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo tiene derecho al trabajo, digno y socialmente útil. En tanto que los patrones tienen obligaciones enmarcadas en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
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Entre estos compromisos del empleador destaca el pagar salarios e indemnizaciones, así como proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos o proporcionar capacitación.
¿Qué prohibiciones tienen los trabajadores en sus centros de trabajo?
A continuación daremos a conocer 11 prohibiciones que tienen los trabajadores cuando están desempeñando sus labores, según lo que indica el Artículo 135 de la Ley Federal del Trabajo. Dichas prohibiciones ayudarán al patrón identificar situaciones indebidas y actuar rápidamente.
1.- Realizar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe.
2.- Faltar al trabajo sin ninguna razón justificada o sin permiso del patrón
3.- Extraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o elaborada
4.- Asistir al trabajo en estado de embriaguez
5.- Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica.
6.- Traer armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, salvo que la naturaleza de éste lo exija. Se exceptúan de esta disposición las punzantes y punzo-cortantes que formen parte de las herramientas o útiles propios del trabajo.
7.- Parar las labores sin autorización del patrón
8.- Realizar colectas en el establecimiento o lugar de trabajo
9.- Utilizar los útiles y herramientas suministrados por el patrón, para objeto distinto de aquél a que están destinados
10.- Realizar cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del establecimiento
11.- Acosar sexualmente a cualquier persona o realizar actos inmorales en los lugares de trabajo
¿Qué sucede si me corren sin justificación?
La indemnización constitucional por despido injustificado se encuentra establecida en el artículo 123 Constitucional, apartado A, fracción XXII en la que menciona que el patrón que despida al trabajador sin causa justificada deberá indemnizarlo con el importe de tres meses de salario.