¿Se te pasó la fecha para activar tu buzón tributario y tienes miedo a recibir una multa? El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que en el contexto de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, se hicieron algunas modificaciones relacionadas con el Buzón Tributario.
Esto quiere decir que se logró un aplazamiento de las sanciones por no activar el Buzón Tributario, aquellas personas que no lo hicieron antes del 31 de diciembre podrán realizarlo con una nueva fecha límite.
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¿Qué pasará con las multas?
Cabe destacar que las multas estaban programadas para comenzar a emitirse desde enero de 2025, pero se ha decidido posponer su entrada en vigor hasta enero de 2026.
Esto quiere decir que aquellos contribuyentes que no lograron cumplir con esta obligación fiscal, conforme a lo estipulado en la regla 3.13.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, tienen 12 meses para hacerlo antes de empezar a ser multados.
Esta prórroga no sólo será para las personas físicas también se aplica para los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (Resico), que abarca principalmente a pequeños contribuyentes.
Otra medida importante para los contribuyentes de Resico tiene que ver con la devolución del IVA durante el 2025, el cual deberá realizarse a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED). Esta medida tiene como único objetivo garantizar y simplificar los trámites relacionados relacionados con recuperación de impuestos, así como promover el uso de tecnología en los procesos fiscales.
De acuerdo con autoridades del SAT, el propósito de alargar el tiempo para activar el buzón tiene que ver con facilitar para que los contribuyentes puedan cumplimiento con las obligaciones fiscales y asegurar que más personas utilicen esta herramienta electrónica.
Otro tema que tiene que ver con las modificaciones anunciadas por el SAT es el Impuesto Sobre la Renta (ISR), donde se han confirmado que las tarifas aplicables para el ejercicio fiscal 2025 se mantendrán sin cambios respecto al 2024. Esto incluye tanto los límites inferiores y superiores como las cuotas fijas, que varían entre el 1.92% y el 35 por ciento.
Ahora sí, los contribuyentes tienen 12 meses más para activar el buzón o de lo contrario recibirán multas de hasta 11 mil pesos.