Si acostumbras apartar lugares de estacionamiento con botes de basura o algún otro objeto, tal vez debas dejar de hacerlo, ya que esto podría acarrearte una fuerte multa.
El artículo 28, Fracción II de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, informa que el apartar lugares de estacionamiento afuera de las viviendas o de cualquier otro lugar se considera una falta cívica, la cual se puede denunciar con las autoridades correspondientes tras incumplir con el Reglamento de Tránsito de la CDMX.
“Impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía y el espacio público, la libertad de tránsito o de acción de las personas, siempre que no exista permiso ni causa justificada para ello”, dice el apartado del artículo.
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Apartar lugares es algo que se ha vuelto muy común en muchas partes de México, para que los conductores sepan que ese espacio no está disponible para estacionarse.
La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México estipula que la infracción o sanción a esta falta conlleva a una multa equivalente a 11 a 40 Unidades de Medida, es decir, que la persona será arrestada de 13 a 24 horas o será sentenciado a trabajo comunitario de 6 a 12 horas.
También se dio a conocer que el apartar lugares en la calle o cualquier lugar es motivo de infracción, como lo señala el artículo 34 de la utilización de la infraestructura vial, el cual señala que se prohíbe “colocar o instalar cualquier objeto o señalización para reservar espacios de estacionamiento en la vía pública sin la autorización correspondiente”.
A lo anterior, a las personas que se les vea infraganti serán sancionados con una multa equivalente a 11, 15, 20 o 40 veces la Unidad de Medida, es decir, de 1 mil 058.42 hasta 3 mil 848.8 pesos o arresto administrativo de 13 a 24 horas y el retiro de los elementos incorporados.