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Los gastos que NO puedes deducir en tu Declaración Anual 2023

Las deducciones personales son aplicables a cualquier persona física para cualquier régimen en que tribute. Al final del día, el objetivo es pagar menos impuestos

Abril será el mes destinado para presentar las Declaraciones Anuales a personas físicas
Abril será el mes destinado para presentar las Declaraciones Anuales a personas físicasCréditos: Internet
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A partir de abril, las personas físicas en cualquier régimen, podrán realizar su Declaración Anual 2022, la cual te ayudará a reducir la base sobre la que se calcula tu ISR anual y que te podrían ayudar a generar un saldo a favor.

Las deducciones personales son aplicables a cualquier persona física para cualquier régimen en que tribute. Al final del día, el objetivo es pagar menos impuestos.

A continuación te decimos cuáles son las deducciones personales para quienes están en el régimen de sueldos y salarios y asimilados a salarios. Lo NO enlistado no lo podrás deducir de tus impuestos. 

Salud: Honorarios médicos, dentales, servicios profesionales de psicología y nutrición, gastos hospitalarios, honorarios a enfermeras, primas de seguro de gastos médicos, análisis y estudios clínicos, aparatos para rehabilitación, prótesis y lentes oftálmicos (estos últimos hasta 2,500 pesos).

También aplica si realizas estos gastos para tu cónyuge o concubino o familiares, ascendientes y descendientes en línea recta, siempre que estos no tengan ingresos anuales superiores a 35,120 pesos

¿Cómo aplican las deducciones personales?

Los principales gravámenes que pagan los contribuyentes son el IVA y el ISR. El Impuesto al Valor Agregado tiene una tasa fija del 16% que se aplica al consumo de productos y servicios, mientras que el Impuesto Sobre la Renta tiene tasas variables, y es sobre este segundo impuesto que se pueden realizar las deducciones de gastos.

Causas de deducción personal:

Aquellos gastos determinados por la autoridad para poder restarse de los ingresos totales en el ejercicio reportado pueden ser de distintos ámbitos.

Salud
Los gastos médicos son deducibles al ser prestados por profesionistas de la salud con título profesional legalmente expedido.

Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
Honorarios de enfermeras particulares.
Análisis y estudios clínicos.
Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación.
Adquisición de prótesis.
Compra de lentes graduados para corregir la vista.
Primas por seguros de gastos médicos.
Excepciones
No proceden los comprobantes de farmacias.

Educación

Si quieres realizar deducciones de gastos educativos, debes contar con el comprobante de pago correspondiente para casos como:

Colegiaturas en instituciones educativas privadas, desde el preescolar al bachillerato, con un límite anual de deducción por los siguientes montos:
Preescolar: $14,200
Primaria: $12,900
Secundaria: $19,900
Profesional técnico: $17,100
Bachillerato o su equivalente: $24,500

Excepciones

Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.
El transporte escolar aplica solo si es obligatorio.

Otros

Gastos funerarios de cónyuge o concubino/a, padres, abuelos, hijos y nietos.
Intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación y que fueron contratados mediante un sistema financiero, Infonavit o FOVISSSTE.
Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibirlos.
Aportaciones de retiro (Afore).
Pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.