El aguinaldo está garantizado a todos las y los trabajadores de México, esta prestación va destinada también para las empleadas del hogar, por lo que, si no es pagado antes del 20 de diciembre, los empleadores pueden ser acreedores a una multa de hasta 5 mil pesos.
La Ley Federal del Trabajo indica que todos los trabajadores mexicanos son acreedores a esta prestación sin discriminación alguna después de 12 meses de trabajo, quienes no cumplan con este plazo de tiempo, serán bonificados con el proporcional desde su inicio de labores.
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Desde hace más de 50 años las empleadas del hogar han luchado por la dignificación de su oficio y beneficio de esta prestación, pero fue hasta 2019, cuando las trabajadoras domésticas lograron que el Congreso de la Unión reformara la legislación laboral, para que gocen de aguinaldo.
Por lo que el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, indica que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.
Dentro de la misma ley, el Artículo 334 Bis, explica que las personas trabajadoras del hogar gozaran de beneficios como: vacaciones, prima vacional, pago de días de descanso, acceso obligatorio a la seguridad social y cualquier otra prestación que puedan pactar con ellos.
Además de las prestaciones anteriores, el aguinaldo está asegurado para las empleadas domésticas, por lo que de no ser ofrecido o de ser negado, se debe notificar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.