Probablemente has visitado algún bar o restaurante donde tienen una leyenda de “consumo mínimo” para que puedas estar ahí, pero ¿es legal?, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), aclara tus dudas y esta es la verdad.
La práctica condicionar a los comensales para poder permanecer en el lugar a cambio de gastar una cantidad establecida no está permitida y se suma a la larga lista de malas prácticas como incluir la propina en la cuenta sin autorización. Profeco señala que los establecimientos de alimentos y bebidas tienen prohibido exigir un consumo mínimo, y comparte los derechos que tienes como consumidor.
Te podría interesar
Derecho a elegir
El derecho a elegir es una de las garantías con las que cuenta el consumidor, pues debe tener la posibilidad de escoger un producto o servicio sin ser presionado o condicionado al hacerlo. Aunque en el sitio al que acudas comenten que el consumo mínimo es una “política de la casa”, la ley te respalda.
Negar el servicio o condicionar al consumidor
El artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor Consumidor señala que el proveedor de bienes, productos o servicios:
“no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad”.
También se apunta que los proveedores no puede establecer preferencias o discriminación, por ejemplo:
- Selección de clientela.
- Condicionamiento del consumo.
- Reserva del derecho de admisión.
- Exclusión a personas con discapacidad.
Un derecho más es a la protección, así que cuando algún proveedor no respete lo estipulado para los consumidores o cometa abusos esta situación se puede denunciar ante la Profeco. Puedes mandar un mensaje privado a través del Twitter o Facebook oficial de Profeco, un correo electrónico a denunciasprofeco@profeco.gob.mx o llamar al teléfono 5555688722 con estos datos: nombre del proveedor, su dirección completa (calle, número, colonia, alcaldía o municipio, estado y código postal).