ABORTO LEGAL

Congreso aprueba despenalización del aborto en Baja California

Con las nuevas reformas, el aborto no se perseguirá por libre decisión de la mujer o persona gestante dentro de las primeras doce semanas del embarazo

Este viernes se hicieron reformas en el Código Penal y avalar la despenalización del aborto en las primeras 12 semanas de gestación.
Aborto en Baja Califronia.Este viernes se hicieron reformas en el Código Penal y avalar la despenalización del aborto en las primeras 12 semanas de gestación. Créditos: Especial
Por
Escrito en NACIONAL el

Este viernes 29 de octubre, aprobaron por mayoría de votos la despenalización del aborto en Baja California, el Congreso de dicha entidad realiza reformas en sus leyes secundarias entre ellas el Código Penal, pese a que no se logró reformar la Constitución del Estado.

Ante ello, el artículo del Código Penal ahora dicta: "Excusa absolutoria de aborto.- El aborto no se perseguirá por libre decisión de la mujer o persona gestante dentro de las primeras doce semanas del embarazo", de acuerdo a la reforma aprobada este día en Baja California.

Actualmente la Constitución Estatal especifica la tutela del derecho a la vida en su artículo 7, contraviene la resolución de la SCJN puesto que no alcanzó la votación necesaria para su modificación y así armonizara con las leyes secundarias.

El párrafo que no alcanzó la votación necesaria para ser eliminado de la Constitución fue: "esta norma fundamental tutela el derecho a la vida, desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o no inducida".

Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el pasado 9 de septiembre, que las entidades federativas carecen de competencia para definir el origen de la vida humana.

Otro de los artículos que fue modificado es el número 133 del código Penal de Baja California, en el que se eliminó que el autoaborto y aborto consentido luego de las 12 semanas de embarazo merece de uno a cinco años de prisión.

Así reza con la nueva modificación: "A la mujer o persona gestante que se procure el aborto o consienta en que otra persona la haga abortar después de las doce primeras semanas de su embarazo, se le impondrá de tres a seis meses de prisión o de cincuenta a cien días de trabajo en favor de la comunidad, igual pena se aplicará al que haga abortar a la mujer o persona gestante con consentimiento de ésta".

Las recientes reformas en el Código Penal también incluyen brindar los servicios de anticoncepción de emergencia y de aborto o interrupción legal del embarazo a las víctimas de delito de violencia sexual en Baja California.