En un acto sumamente polémico, unos padres que se habían negado a vacuna a su bebé fueron obligados por el gobierno ante la necesidad de poner el bienestar del infante como prioridad.
La Clínica de Cuyo, en Argentina, denunció la preocupante decisión de unos padres de familia, quienes optaron por ignorar el plan de vacunas de su hijo recién nacido, a pesar de las advertencias sobre los problemas de salud que podría tener por esta situación.
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La Justicia de Familia de Mendoza, el tribunal encargado de velar por los intereses de los menores en la región, pidió el apoyo del Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI), quienes tuvieron que intervenir, para que más tarde se determinara que los tutores de la menor debían acatar la ley.
“Se tomó intervención y se aplicaron las medidas conexas”, informaron desde el Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
Según el Calendario Nacional de Vacunación de Argentina, se establece que las vacunas contra la Hepatitis B y la tuberculosis (BCG) son obligatorias y las debe recibir todo recién nacido antes de salir del hospital, tras su nacimiento.
De acuerdo a los padres del pequeño, no quería llevar a cabo esta medida pues en su casa tienen a otro hijo con una condición del espectro autista, culpando a los biológicos por esta situación. Luego del dictamen, se vieron obligados a acatar la orden legalmente, poniéndosele la dosis correspondiente a su hijo.
Durante el primer año de vida, el Calendario de Vacunación en Argentina incluye las siguientes dosis: rotavirus, Quíntuple, IPV, neumococo conjugada, meningococo, gripe, triple viral y hepatitis A. Mientras que hasta los dos años deberán aplicarse las de la varicela, la Quíntuple, la gripe y el meningococo, así como contra la fiebre amarilla.
La omisión de la vacunación tiene consecuencias como una infracción en el Código Contravencional bajo el artículo 119 de la Ley 9099, cuyas sanciones varían desde multas económicas hasta medidas más severas.