El poder de los jueces radica en la facultad que la ley y la sociedad les confiere para dictar sentencias. Los jueces resuelven controversias, dictan resoluciones, interpretan la ley y emiten juicios respecto de la conducta de las personas; les ordenan, les retiran bienes o se los reintegran; la libertad, la propiedad y a veces el honor, son la materia de sus resoluciones. Esto siempre en medio de una controversia en que se enfrentan partes distintas con opiniones encontradas.
Su poder radica precisamente en resolver dando la razón a una de las partes y negándosela a la otra. Están entre acusadores y acusados, entre demandantes y demandados, entre víctimas y victimarios; por tanto, unos quedan conformes con sus decisiones y otros quedan inconformes.
En su labor como integrantes de uno de los tres poderes por medio de los cuales el pueblo ejerce su soberanía, siempre enfrentan el riesgo de ser blanco de críticas y reclamos; no se acepta fácilmente que el contrincante tenía la razón de su lado, se piensa que el juez favoreció a alguien por un interés oscuro y que cometió un acto de injusticia.
A veces es esto cierto, en otras muchas, en la mayoría de los casos, esto no es así. En mi carrera de litigante, oficio que desempeñé, nunca tuve que sobornar a un juez y sí supe de casos lamentables en que el litigante perdedor atribuía su derrota a mala fe del juzgador y también conocí la fama de un litigante, que llevaba a su cliente a los tribunales, lo sentaba en la antesala del juzgado y él entraba sólo a platicar con el juez acerca del tiempo, de los chismes del día o de cualquier banalidad y salía orondo a comunicar al cliente, que el juez le había pedido un soborno para resolver en su favor.
Seguramente hay jueces buenos y jueces malos, pero lamentablemente la fama de los tribunales de justicia se deriva de los que no actúan bien; de cualquier modo, cabe decir que por ningún motivo se debe hacer una generalización sin matices.
Creo que la mayoría de los jueces actúan con honradez; sin embargo, los ejemplos de venalidad en los tribunales son muchos. Manuel Payno, en Los bandidos de Río Frío, mediados del siglo XIX, relata la historia del juez Crisanto Bedolla que llega de su pequeña ciudad de provincia, donde ya no lo soportaban y a base de servilismo, artimañas y graves injusticias, se convierte en un poderoso e influyente personaje en la capital.
Una fuente de riesgos y de dificultades ha sido la duplicidad de funciones; los juzgadores, además de impartir justicia, tienen que ocuparse del patrimonio del Poder Judicial y del personal de apoyo; a más de jueces son administradores de recursos materiales y tienen facultades de dar y quitar empleos y cargos, y claro, esto los distrae de su labor fundamental.
La Constitución de 1917 otorgó a la Suprema Corte la facultad de nombrar jueces y magistrados, de ordenar cambios de adscripción y aun de nombrar comisionados para averiguar conductas de impartidores de justicia; lo cual entorpecía su labor principal y no fue hasta ya muy avanzado el siglo pasado que se creó el Consejo de la Judicatura Federal, encabezado por el presidente de la Suprema Corte, para atender las funciones no estrictamente jurisdiccionales en el Poder Judicial.
La asamblea que discutió y promulgó en 2017 la Constitución Política de la Ciudad de México, después de un duro debate, aprobó el siguiente párrafo, para dirimir el punto: “Quien presida el Consejo de la Judicatura, no podrá presidir el Tribunal Superior de Justicia”. Apenas promulgada la Constitución, llovieron amparos en su contra y esta separación de funciones en el Poder Judicial local, quedó eliminada.
Recientemente el Poder Judicial en su conjunto ha sido blanco de críticas, entre otras razones, por el lamentable conflicto entre magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; desde Palacio Nacional se ha reiterado la necesidad de una transformación a fondo de este poder y el relator especial de Naciones Unidas, durante un seminario sobre independencia judicial, señaló que un riesgo latente en México y Centroamérica es precisamente la corrupción.
No sólo las críticas se presentan a escala federal, hay señalamientos serios y se cometen graves errores también en los estados. Recientemente, en Nuevo León, una organización ciudadana muy aguerrida, Visión Nuevo León, apoyada por barras y colegios de abogados del estado, denunció lo que llaman “un poder al margen de la Constitución”, con motivo de la designación irregular y violatoria de la ley de cuatro magistrados, uno de los cuales ocupa la presidencia del tribunal del estado.
Lo que puedo afirmar, porque me consta, es que se está haciendo en el Consejo de la Judicatura Federal un esfuerzo serio para corregir corruptelas y desterrar vicios, como el acoso, el nepotismo y la formación de clanes dentro del Poder judicial. En mi opinión este poder avanza también en una transformación a fondo.