La secretaria de Cultura, Claudia Curiel de Icaza, anunció este viernes la renovación de la Ley Federal de Cine y el Audiovisual, un cambio que llega después de 34 años de vigencia de la anterior legislación, la cual databa de 1992 y respondía a un contexto completamente distinto al actual.
La última ley de cinematografía fue creada en un entorno donde predominaban los formatos análogos y las salas de cine eran el único punto de consumo. La nueva legislación, en cambio, fue trabajada "con fundamento en los derechos culturales, incluyendo el acceso democrático, el derecho a la propia identidad y a la memoria", y reconoce el ecosistema audiovisual completo, incluyendo plataformas digitales y el entorno digital como parte del mismo sector.
Más días en cartelera y mayor visibilidad para el cine nacional
Uno de los cambios más relevantes es la ampliación del tiempo que las películas mexicanas permanecen en cartelera. La ley anterior establecía una cuota mínima del 10 por ciento de exhibición para cine nacional, pero las películas solían ser programadas en horarios poco visibles, lo que las dejaba en desventaja frente a las producciones extranjeras.
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La nueva ley modifica este esquema:
Ley anterior (1992) Nueva Ley 2026
Días mínimos en cartelera 7 días 14 días
Revisión de la cuota Anual Semestral y semanal (con ajustes en cartelera)
Horarios de exhibición Sin regulación específica Horarios equitativos
Cuota de pantalla 10% se mantiene el 10% pero con mayor vigilancia.
Además, se refuerza la presencia del cine mexicano en plataformas digitales. Las empresas de streaming deberán contar con una sección visible y permanente donde se recomiende y muestre la cartelera y programación de cine y audiovisual mexicano, lo que permitirá una mayor difusión de las producciones nacionales en el entorno digital .
Protección contra la inteligencia artificial: la voz humana como herramienta artística
Otro de los anuncios clave fue la reforma a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley Federal del Derecho de Autor, impulsada por las inquietudes de intérpretes de doblaje y artistas de la voz ante la clonación y sustitución de voces mediante herramientas de inteligencia artificial.
Por primera vez en la legislación mexicana, se reconocerá a la voz humana como una herramienta artística única e irrepetible, que forma parte de la identidad de las personas. Esto implica que:
- No se permite la utilización ni la copia de la voz o la imagen de una persona sin su autorización expresa e informada.
- Se requiere que existan acuerdos contractuales claros en lo relacionado con el uso tecnológico de la voz y la imagen.
- Se establecen sanciones para el uso no autorizado, con multas que van de 1,000 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), duplicables en caso de reincidencia.
- Se amplían las facultades del Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) para dirimir controversias con mecanismos más ágiles, evitando litigios prolongados.
La medida beneficiará particularmente a intérpretes que actualmente no cuentan con contratos formales, y coloca a México a la vanguardia en la protección de trabajadores creativos frente al uso de tecnologías de clonación de voz, en un debate global que aún es incipiente.
Fomento al cine: FOCINE y preservación del patrimonio
La nueva ley también refrenda el compromiso del Estado con el fomento al cine mexicano a través del programa Fomento al Cine Mexicano (FOCINE), que garantiza un incremento progresivo del presupuesto, conforme a la disponibilidad, pero con una certeza jurídica que antes no existía.
Además, se establece la obligación de preservar, restaurar, digitalizar y difundir el acervo cinematográfico y audiovisual del país, bajo resguardo de la Cineteca Nacional, como parte del derecho a la memoria.
