Históricamente, los recursos depositados en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) se consideraban un patrimonio "sagrado" e intocable, blindado por leyes que prohibían su embargo bajo casi cualquier circunstancia. Sin embargo, en un movimiento jurídico sin precedentes, el panorama ha cambiado drásticamente. En 2026, si un deudor alimentario no cuenta con bienes suficientes para cubrir su responsabilidad, su cuenta de retiro individual ya no es un refugio seguro.
¿Qué resolvió la Suprema Corte sobre la cuenta Afore y la pensión alimenticia?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que el interés superior de la niñez y su derecho humano a la alimentación deben prevalecer por encima de la protección patrimonial del ahorro para el retiro. Si bien el ahorro tiene como fin garantizar la seguridad social del trabajador en su vejez, este derecho cede ante la necesidad urgente de subsistencia de un menor de edad.
Esta medida busca evitar que los deudores alimentarios utilicen la protección legal de sus ahorros previsionales como una forma de evadir sus obligaciones. Ahora, los jueces de lo familiar tienen la facultad de ordenar la retención de estos fondos para asegurar que los hijos reciban el sustento que por ley les corresponde.
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¿Qué requisitos se deben cumplir para que se proceda al embargo?
Es importante subrayar que este embargo no es automático ni se aplica de manera indiscriminada. Para que un juez ordene tocar los recursos de la Afore, deben cumplirse condiciones específicas:
- Inexistencia de otros bienes: se debe comprobar que el deudor no tiene propiedades, salarios o cuentas bancarias tradicionales suficientes para cubrir la deuda.
- Situación de desempleo: la medida se enfoca principalmente en aquellos trabajadores que se encuentran sin empleo y que, de otro modo, dejarían al menor en desprotección total.
- Orden Judicial: solamente un juez competente puede emitir la orden directamente a la administradora de fondos tras un proceso legal.
¿Cuánto dinero pueden retener de la Afore?
El embargo no implica necesariamente el vaciado total de la cuenta. La resolución establece límites similares a los que rigen los retiros parciales por desempleo. En términos generales, se puede disponer de las aportaciones voluntarias en su totalidad, ya que estas no tienen la misma protección que las obligatorias.
Respecto a las subcuentas obligatorias, el embargo suele toparse al equivalente de 75 días del último salario base de cotización o el 10% del saldo total de la cuenta (lo que resulte menor). En algunos casos, el suministro de la pensión puede entregarse de manera semanal hasta que el deudor consiga un nuevo empleo o se agote el monto autorizado.
¿Cómo cobrar la pensión alimenticia a través de la Afore?
Si el deudor no ha pagado, puedes seguir esta ruta legal:
- Tener el fallo judicial: es indispensable contar con una orden de pensión (provisional o definitiva) emitida por un juez.
- Demostrar el impago: reúne pruebas como estados de cuenta o recibos que confirmen que no has recibido el dinero.
- Pedir el embargo: solicita formalmente al juez que investigue y retenga los fondos de la cuenta de retiro del deudor.
- Evaluación del juez: la autoridad confirmará que el deudor no tiene otros bienes o empleo antes de autorizar el pago con los recursos de la Afore.
- Ejecución: una vez aprobado, la Afore liberará el monto bajo los términos que indique el juez.
