Una decisión definitiva de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) modificó de manera contundente el panorama para miles de extrabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El máximo tribunal resolvió que no es legal recibir dos pensiones por el mismo concepto, estableciendo que quienes ya perciben una jubilación a través del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) no pueden cobrar adicionalmente la pensión de vejez prevista en la Ley del Seguro Social.
El fallo, emitido por la Segunda Sala, fija un criterio obligatorio que elimina la posibilidad de acumular beneficios duplicados, al considerar que ambos esquemas atienden la misma contingencia: el retiro por edad avanzada. La resolución tiene efectos inmediatos y marca un precedente que impacta directamente en la estructura de pensiones del instituto.
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¿Qué analizó la Corte?
El debate legal se centró en determinar si los trabajadores del IMSS, afiliados al SNTSS, podían acceder a dos ingresos distintos: uno derivado del Contrato Colectivo de Trabajo y otro otorgado por la ley. La Corte concluyó que el RJP ya contempla la protección por vejez, por lo que autorizar una segunda pensión implicaría un pago duplicado injustificado por la misma causa.
Los ministros explicaron que el régimen de jubilación del IMSS es de naturaleza extralegal, lo que significa que supera los beneficios mínimos que establece la legislación. Este esquema ya cubre riesgos de trabajo, invalidez, edad avanzada y vejez, además de apoyos asistenciales, por lo que la obligación del Estado en materia de seguridad social se considera plenamente cumplida.
En su resolución, la SCJN subrayó que no es válido recibir dos prestaciones económicas por el mismo periodo laboral y el mismo motivo, cerrando así la puerta a futuras reclamaciones en ese sentido.
Protección a las finanzas del IMSS
Con esta determinación, el Poder Judicial refuerza la estabilidad financiera del IMSS, al frenar intentos de extrabajadores por obtener una doble percepción. El RJP queda definido como un beneficio integral y suficiente, sin posibilidad de complementarse con otra pensión equivalente.
En cuanto al calendario de pagos, el IMSS informó que la pensión correspondiente a febrero de 2026 será depositada el martes 3 de febrero, primer día hábil del mes.
A partir de esa fecha, los pensionados podrán disponer de su recurso conforme al método de cobro registrado. La institución recomienda anticipar visitas a bancos para evitar aglomeraciones. Si el depósito no se refleja, los beneficiarios pueden comunicarse al 800 623 23 23, opción 3, o acudir a su Subdelegación o Unidad de Medicina Familiar para solicitar aclaraciones.
