RELIGIÓN Y SOCIEDAD

Le impiden a mujer tramitar pasaporte por no quitarse el hiyab; su caso llega a la SCJN 

Lla mujer mexicana que profesa el islam no ha podido sacar el documento porque le exigen descubrirse la cabeza para la foto, lo que va en contra de sus creencias religiosas

La SCJN tendrá una importante caso que resolver con el uso del hiyab.
La SCJN tendrá una importante caso que resolver con el uso del hiyab.Créditos: internet
Escrito en NACIONAL el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se prepara para abordar un caso que ha generado polémica en torno al uso del hiyab, el velo musulmán, en trámites oficiales.

El caso se centra en una mujer mexicana que profesa el islam y reside en Chihuahua, quien no ha podido obtener su pasaporte debido a que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) le exige descubrirse la cabeza para la toma de la fotografía oficial, lo cual contraviene su convicción religiosa.

Uso del hiyab llega hasta la SCJN 

El hiyab es una prenda que cubre la cabeza y el cuello de las mujeres musulmanas y es un mandato religioso cuando se encuentran fuera de su hogar o en espacios públicos.

La mujer, al verse impedida de obtener su pasaporte, promovió un juicio de amparo, argumentando que la oficina de pasaportes de la SRE en Chihuahua ha violado su derecho a la libertad religiosa. Esta dependencia, según su postura, se ha negado a expedirle el pasaporte, aduciendo que la normativa vigente requiere una fotografía con la cabeza descubierta.

El caso fue inicialmente evaluado por el Juzgado Primero de Distrito en Chihuahua, bajo la supervisión de la jueza Flor Verenisse Gómez Peinado. La jueza falló a favor de la solicitante, destacando que la exigencia de descubrirse la cabeza para la fotografía no es esencial para acreditar su identidad y, por lo tanto, representa una violación a sus derechos humanos.

Descontenta con esta decisión, la SRE interpuso un recurso de revisión que fue atendido por un Tribunal Colegiado en Chihuahua. Sin embargo, la SCJN decidió asumir la competencia para resolver definitivamente la controversia.

En manos de los jueces

Ahora, el máximo tribunal del país deberá determinar si el artículo 14, fracción IV, del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, es inconstitucional al exigir que la cabeza del solicitante esté descubierta.

La Corte evaluará si la mujer tiene derecho a utilizar el hiyab en la fotografía de su pasaporte, considerando si la normativa actual transgrede su derecho a la libertad religiosa, tal como lo indicó la sentencia de primera instancia.

Esta revisión será muy importante para definir si el reglamento deberá adaptarse para respetar la diversidad cultural y religiosa en México.