Sin duda uno de los documentos más importantes que puedes tener es la visa americana, la cual garantiza tu pase a Estados Unidos sin ningún problema. Lamentablemente hay acciones que podrían negarte este documento para siempre durante su trámite; aquí te contamos cuáles pueden ser.
De acuerdo con el Departamento de Estado, uno de los motivos más fundamentales es demostrar que no quieres quedarte en Estados Unidos a trabajar o vivir. Y es que, durante la entrevista, el oficial a cargo de tu trámite, evaluará los motivos que te hacen viajar al país norteamericano.
“Al realizar entrevistas de visa, los oficiales consulares examinan cada solicitud individualmente y consideran las circunstancias, los planes de viaje, los recursos financieros y los vínculos del solicitante que se encuentran fuera de los Estados Unidos, lo que garantizará la salida del solicitante después de una visita temporal”, señalan en la página de Travel.State.Gov.
Visa negada para siempre
El motivo anterior podría negarte la visa temporalmente, sin embargo, hay una condición que podría excluirte de pedirla para siempre: la sección 212(a)(6)(C)(i) de la INA.
La situación que se puede dar en este caso, es comprobarse genuinamente que que se está tergiversando deliberadamente un hecho material o cometiendo fraude para obtener el documento de pase.
En otras palabras, mentir, o manipular información para tener mayores oportunidades de tener el documento, se traducen en una prohibición permanente.
También el ser condenado por un delito que implicaba depravación moral (artículo 212(a)(2)(A)(i)(I) de la INA) o por una violación de las leyes sobre drogas (artículo 212(a)(2)(A)(i)(II) de la INA) son causantes de la negación.
Otras razones por las que se niega la visa se dan cuando el solicitante:
- No completó completamente la solicitud de visa y/o no proporcionó toda la documentación de respaldo requerida - Sección 221(g) de la INA.
- No demostró su elegibilidad para la categoría de visa solicitada ni superó la presunción de ser un posible inmigrante - Sección 214(b) de la INA.
- Tiene dos o más condenas penales por las cuales la sentencia total de confinamiento fue de 5 años o más - Sección 212(a)(2)(B) de la INA.
- No proporcionó una declaración jurada de apoyo adecuada cuando se le solicitó; por lo tanto, se le negó el asilo por carga pública - INA sección 212(a)(4).
- Anteriormente permaneció más tiempo del autorizado en los Estados Unidos - Sección 212(a)(9)(B)(i) de la INA.