PROGRAMAS SOCIALES

Pensión Bienestar: requisitos para adultos mayores que aún no reciban el apoyo

Este programa busca mejorar la calidad de vida de los adultos mayores, brindándoles una ayuda económica para cubrir sus necesidades básicas

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En los últimos días, diversos medios han informado sobre la próxima apertura del registro para nuevos beneficiarios del programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores en México.

Aunque aún no hay una fecha exacta, se espera que el proceso comience una vez finalizada la entrega de los pagos actuales.

Para acceder al apoyo económico de este programa, los solicitantes deben cumplir ciertos requisitos establecidos por la Secretaría de Bienestar, que aseguran la correcta identificación y elegibilidad.

Requisitos para Solicitar la Pensión Bienestar para adultos mayores

Para la Persona solicitante adulta mayor:

  • Acta de nacimiento
  • Documento de identificación vigente, que puede ser:
  • Credencial para votar
  • Pasaporte vigente
  • Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
  • Otros documentos oficiales de identidad expedidos por la autoridad correspondiente
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Comprobante de domicilio: Debe tener una antigüedad máxima de 6 meses, o constancia de residencia emitida por la autoridad local

Requisitos para una persona auxiliar para solicitar el pago:

  • Documento de identificación vigente, similar al requerido para la persona solicitante adulta mayor
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Comprobante de domicilio: Con las mismas condiciones que para la persona solicitante
  • Documento que acredite el parentesco, según lo establecido en el Formato Único de Bienestar

El Pago de Marcha es un apoyo económico único que se otorga a los familiares o representantes legales de las personas beneficiarias del programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores o Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente que han fallecido.

¿Quiénes pueden solicitar el pago en marcha?

El familiar o representante legal registrado como adulto auxiliar de la persona fallecida.

Si no hay un adulto auxiliar designado, el Comité Técnico del Programa podrá evaluar la entrega del apoyo bajo circunstancias especiales.

Requisitos para Solicitar el Pago en Marcha:

  • Identificación oficial vigente del solicitante
  • Acta de defunción original de la persona beneficiaria
  • Constancia médica emitida por una institución pública que certifique el fallecimiento dentro de los dos bimestres siguientes al deceso
  • No haber recibido ningún otro apoyo posterior al fallecimiento de la persona beneficiaria

¿Cómo solicitar el pago en marcha?

Acudir a la Subdelegación de Bienestar más cercana al domicilio del solicitante.

  • Presentar la documentación completa mencionada anteriormente
  • El personal de la Subdelegación validará la información y, si procede, entregará el Pago de Marcha al solicitante
  • El Pago de Marcha se entrega al bimestre siguiente al que se notifica el fallecimiento de la persona beneficiaria
  • Información Relevante sobre el Pago en Marcha
  • El Pago de Marcha es un apoyo único y no se reitera

Es importante notificar el fallecimiento de la persona beneficiaria lo antes posible para no perder el derecho al Pago de Marcha.

Para más información, se puede consultar la página web del Gobierno de México o acudir a la Subdelegación de Bienestar más cercana.