Cuando un solicitante de visa americana hace el trámite por primera vez, debe de tener claro cuáles son las actividades que desea llevar a cabo en Estados Unidos para que de esta manera solicite la categoría de visa adecuada, de esta manera podría evitarse problemas migratorios más adelante.
Cuando un portador de visa realiza actividades diferentes a las que tiene derecho con su documento, la autoridad competente se encargará de realizar las sanciones correspondientes que en algunos casos puede llevar la cancelación del documento y la repatriación.
Las personas que cuentan con una visa americana vigente deben tener claro que actividades pueden llevar a cabo en el país norteamericano, es decir, si la visa es de Trabajo, podrán realizar actividades donde puede haber un pago, pero si el documento es de turismo el trabajar queda completamente descartado.
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Solo existen algunas categorías de visa con las que se puede trabajar en Estados Unidos y a continuación te diremos la lista de documentos con los que podrías llevar a cabo actividades laborales sin ningún problema.
¿Quiénes pueden trabajar con visa?
Los extranjeros que pueden trabajar legalmente con una visa americana son quienes portan una visa de trabajo temporal y para tener ese documento se requiere hacer cierto trámite y presentar la documentación necesaria para que la visa sea emitida; la vigencia del documento dependerá del agente consular.
Visa americana de trabajo en el 2024
Es importante saber que las visas de trabajo temporal son para personas que desean ingresar a los Estados Unidos para trabajar durante cierto período de tiempo y no se consideran permanentes ni indefinidas, por lo que sería emitida a discreción del agente consular y su duración podría variar.
Una visa de trabajo requiere que un empleador primeramente presente una petición ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. Posteriormente, se requiere la petición aprobada para solicitar una visa de trabajo.
La verdad que para obtener una visa de trabajo se deben seguir ciertos pasos que no basta con que el solicitante tenga las ganas de trabajar en EU sino que una empresa o patrón tenga la necesidad de utilizar sus servicios.
Categorías de visa de trabajo en 2024
- H-1B: Persona en Ocupación Especializada
Para trabajar en una ocupación de especialidad. Requiere título de educación superior o su equivalente. Incluye modelos de moda de mérito y habilidad distinguidos e investigación y desarrollo de gobierno a gobierno, o proyectos de coproducción administrados por el Departamento de Defensa. - H-1B1: Tratado de Libre Comercio (TLC) Profesional - Chile, Singapur
Para trabajar en una ocupación de especialidad. Requiere un título postsecundario que involucre al menos cuatro años de estudio en el campo de especialización. (Nota: Esta no es una visa basada en una petición). Para conocer los procedimientos de solicitud, consulte el sitio web de la Embajada de los EE. UU. en Chile o la Embajada de los EE. UU. en Singapur. - H-2A: Trabajador Agrícola Temporal
Para trabajos agrícolas, temporales o estacionales. Limitado a ciudadanos o nacionales de países designados, con excepciones limitadas, si se determina que es en interés de los Estados Unidos - H-2B: Trabajador Temporal No Agrícola
Para trabajos temporales o estacionales no agrícolas. Limitado a ciudadanos o nacionales de países designados, con excepciones limitadas, si se determina que es en interés de los Estados Unidos. - H-3: Aprendiz o visitante de educación especial
Recibir capacitación, que no sea médica o académica de posgrado, que no esté disponible en el país de origen del alumno o programas de capacitación práctica en la educación de niños con discapacidades mentales, físicas o emocionales. - L: Cesionario dentro de la empresa
Para trabajar en una sucursal, matriz, afiliada o subsidiaria del empleador actual, en una capacidad gerencial o ejecutiva, o en una posición que requiera conocimientos especializados. El individuo debe haber sido empleado por el mismo empleador en el extranjero continuamente durante 1 año dentro de los tres años anteriores. - O: Individuo con Habilidad o Logro Extraordinario
Para personas con habilidades o logros extraordinarios en las ciencias, las artes, la educación, los negocios, el atletismo o logros extraordinarios reconocidos en los campos del cine y la televisión, demostrados por un reconocimiento nacional o internacional sostenido, para trabajar en su campo de especialización. Incluye a las personas que brindan servicios esenciales en apoyo del individuo mencionado anteriormente. - P-1: Atleta individual o de equipo, o miembro de un grupo de entretenimiento
Actuar en una competencia atlética específica como atleta o como miembro de un grupo de entretenimiento. Requiere un nivel de desempeño sostenido reconocido internacionalmente. Incluye a las personas que brindan servicios esenciales en apoyo del individuo mencionado anteriormente. - P-2: Artista o Animador (Individual o Grupal)
Para desempeñarse bajo un programa de intercambio recíproco entre una organización en los Estados Unidos y una organización en otro país. Incluye a las personas que brindan servicios esenciales en apoyo del individuo mencionado anteriormente. - P-3: Artista o Animador (Individual o Grupal)
Actuar, enseñar o entrenar bajo un programa que es culturalmente único o una actuación o presentación tradicional, étnica, folclórica, cultural, musical, teatral o artística. Incluye a las personas que brindan servicios esenciales en apoyo del individuo mencionado anteriormente. - Q-1: Participante en un Programa de Intercambio Cultural Internacional
Para capacitación práctica y empleo y para compartir la historia, la cultura y las tradiciones de su país de origen a través de la participación en un programa de intercambio cultural internacional.
Certificación
Ciertas categorías de visas de trabajo necesitan que el empleador cuente con una certificación laboral u otra aprobación del Departamento de Trabajo para solicitar al trabajador interesado no inmigrante, por lo que requerirá llenar el Formulario I-129, con USCIS. El posible empleador debe revisar las Instrucciones para el Formulario I-129 en el sitio web de USCIS para determinar si se requiere una certificación laboral.
Queda claro, no solo basta con tener una visa americana para poder trabajar en Estados Unidos, sino que dependerá de la categoría del documento; y que solo las visas H-1B, H-1B1, H-2A, H-2B, H-3, L, P-1, P-2, P-3 son con las que el extranjero podría laboral legalmente en el país por tiempo determinado.