Con el objetivo de evitar accidentes y salvaguardar la integridad de los menores de edad, la Cámara de Diputados realizó cambios significativos en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial en su artículo 49, pues a partir de ahora los niños menores de 12 años ya no podrán viajar en motocicletas, independientemente de si cumplen con el requisito de portar casco.
La aprobación de esta modificación ha sido contundente, con un apoyo mayoritario de 409 votos a favor, 25 en contra y ninguna abstención.
Esta medida, nacida desde el recinto de San Lázaro, se enfoca principalmente a la preocupación creciente en materia de seguridad vial, en lo que respecta al transporte de los grupos más desprotegidos de la sociedad.
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Anteriormente, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial ya contemplaba la obligatoriedad del uso de casco para conductores y pasajeros de motocicletas esto como medida de protección, pero ahora con este cambio se prohíbe tajantemente el transporte de menores de 12 años en estos vehículos.
La decisión de prohibir a los menores de 12 años viajar en motocicletas es la respuesta a una preocupación legítima por su seguridad y bienestar.
Dado a su diseño y características, las motocicletas representan un mayor riesgo para los pasajeros y más para aquellos que no tienen las habilidades y destrezas tanto físicas como cognitivas para atender situaciones de emergencia en la vía pública, dado que los menores están más expuestos a movimientos bruscos y a caídas, aun cuando se encuentran debidamente equipados con cascos.
Ahora, las autoridades ya están facultadas para hacer valer esta disposición y en caso de lo contrario aplicar la sanción correspondiente a los infractores.