La devolución automática de impuestos es una facilidad administrativa que brinda el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a todos los contribuyentes que presenten su declaración del ejercicio fiscal 2023 debidamente en el tiempo estipulado.
Dicha retribución es el resultado del saldo a favor del impuesto sobre la renta (ISR), en donde los contribuyentes que hayan presentado su declaración pueden solicitarla, siempre que las cantidades se hayan determinado conforme a lo previsto en las disposiciones fiscales.
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Cabe señalar que las personas físicas pueden pedir esta devolución bajo los siguientes supuestos: cuando hayan presentado su declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma, o bien, e.firma portable.
En dado caso de que el saldo a favor del contribuyente es igual o menor a 10 mil pesos, la declaración anual puede presentarse con contraseña; de igual forma, si es mayor a 10 mil pesos y hasta 50 mil pesos, puede hacerse con contraseña, pero para esto debe seleccionar una cuenta CLABE a 18 dígitos.
Mientras que la e.firma o e.firma portable se debe de usar cuando el saldo a favor que se solicita, es mayor de 50 mil pesos.
Es importante dejar en claro que la devolución se realiza de manera automática si es igual o menor a 150 mil pesos, pero si el saldo a favor manifestado excede dicho monto o se trata de personas físicas que obtuvieron ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión, esta se deberá solicitar con firma electrónica a través del Formato Electrónico de Devoluciones.
¿Cómo se puede consultar la devolución automática?
En base a los artículos 22 y 22 B del Código Fiscal de la Federación y en la regla 2.3.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal, las personas contribuyentes podrán consultar el estado que guarda la devolución automática del ISR de personas físicas; pero para esto deberán llevar a cabo este procedimiento a través del portal de trámites del SAT:
- Dar clic en el botón "INICIAR".
- Ingresar con el RFC y contraseña o e.firma.
- Seleccionar el tipo de solicitud a consultar.
- Seleccionar el ejercicio a consultar.
- Seleccionar el tipo de solicitud a mostrar.
- Obtener la información de tu solicitud automática.
La consulta debe hacerse a partir del quinto día hábil posterior a la fecha de presentación de la declaración anual para personas físicas por medio de internet, aclara la autoridad fiscal.