Se viene una de las épocas más importantes, tanto para los trabajadores, como para la industria del turismo mexicano: Semana Santa. Ante esta situación, muchos obreros tienen la duda de sus vacaciones y si estas serán pagadas con su suelo. Por la duda, la Ley Federal del Trabajo te informa.
Sin duda la Semana Santa es aprovechada por muchos para vacacionar en las distintas playas de México, siendo esta la temporada alta del turismo nacional. Algunas personas incluso planean sus días de asueto con un año de antelación para poder "apartar" este periodo en sus trabajos.
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Lamentablemente muchos se van con una fuerte incertidumbre de si verán reflejado su sueldo al regresar de sus vacaciones, impidiendo disfrutar de este descanso tan bien merecido del trabajo.
Prima vacacional
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) los trabajadores también podrían recibir prima vacacional, que es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de este periodo de descanso.
La ley establece que se debe pagar el salario ordinario que corresponde a los días del periodo vacacional disfrutado. En caso de que no te paguen, podrás acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, donde un abogado te brindará asesoría legal, gratuita y personalizada, según indica el gobierno federal.
Sobre el tiempo que tienes para reclamar la falta de pago, la ley señala que en el lapso de un año puedes exigir el pago de tu prima vacacional.