DESCANSE EN PAZ

Cuando una persona fallece, ¿cuáles son los trámites que deben realizarse?

Cuando una persona muere, además de la tristeza de la familia, la incertidumbre crece por los trámites que se tiene que hacer; hay que notificar el fallecimiento

Esto es lo que se debe hacer cuando una persona fallece; trámites
Requisitos y trámites.Esto es lo que se debe hacer cuando una persona fallece; trámitesCréditos: El Mañana
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Tras la muerte de una persona se deben llevar a cabo diversos procedimientos, ya que cuando el difunto vivía seguramente tenía créditos, seguros, apoyos sociales y varios servicios que deberán darse de baja, por lo que a continuación te diremos qué es lo que debería hacerse cuando una persona fallece.

Antes de morir una persona debe dejar todo en orden, como por ejemplo su testamento, con la finalidad de que sus bienes queden debidamente distribuidos a su consideración; al llegar la muerte se deben de realizar diversos trámites, como tramitar el acta de defunción entre otros.

Aquí te diremos los trámites que debes realizar ante el fallecimiento de una persona y cómo hacer frente a las deudas o compromisos financieros que en su momento adquirió y dejó a medias, ¿qué pasa con ellos?, ¿quién asume la deuda?, ¿se pagan automáticamente?, quizá esta información te sirva.

Pasos a seguir cuando una persona fallece

El primer paso es efectuar ciertos trámites administrativos necesarios para la realización del servicio funerario como:

  1. Certificado médico de defunción: este lo emite personal médico, si la muerte ocurre en alguna institución médica o en el domicilio del difunto, es el personal médico tratante quien lo emite. Pero cuando la persona fallece por muerte violenta u otra circunstancia distinta a la natural, es necesario dar aviso al Ministerio Público, quien designará a un médico forense para que investigue las causas del fallecimiento. Después este se encargará de expedir el certificado.
  2. Orden de inhumación o incineración y acta de defunción: estos documentos los emite un(a) Juez del Registro Civil, por lo que debes presentar el certificado médico de defunción e identificación oficial de la persona que efectúe el trámite, el cual es gratuito.

Funeraria

Tras haber realizado los trámites antes mencionados, pasarás a llamar o acudir a contratar los servicios funerarios, si el difunto contaba con alguna póliza, seguramente los costos podrían bajar consideradamente. 

Ten a la mano la póliza de servicios para que te brinden la asesoría correspondiente de acuerdo con las circunstancias del caso y los deseos de la familia o del fallecido respecto a la inhumación o cremación del cuerpo. 

El servicio en la agencia funeraria tendrá un precio distinto según sus propias características. El servicio podría incluir inhumación, trámite del acta de defunción, traslado del cuerpo, ataúd, sala de velación y carroza. 

Apoyos para gastos funerarios

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga una Ayuda para Gastos de Funeral a la persona, preferentemente familiar, de un asegurado(a) o pensionado(a) fallecido(a). La institución da 60 días de salario mínimo vigente, la cantidad puede variar según la entidad federativa.

Afore

Una vez realizado los servicios funerarios es momento de revisar los beneficios legales correspondientes como la cuenta individual de quien falleció en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afores). 

El dinero que tenía en la cuenta de Afore ahora forma parte de tu patrimonio si eres beneficiario(a), por lo que podrás disponer de los recursos ahorrados en su cuenta, siempre y cuando se cumplan con las condiciones que establecen las leyes de seguridad social. Esto aplica tanto para trabajadores y trabajadoras que cotizan en el IMSS como en el ISSSTE.

Pensión del fallecido

Una vez definido el beneficiario legal, es momento de revisar los derechos de la pensión. Si la persona fallecida cotizaba en el IMSS, es conveniente que revises las pensiones que te mencionamos a continuación y según sea el caso, revisa en el vínculo correspondiente los requisitos que deberás cubrir:

  • Pensión por viudez. Podrás solicitar si eres esposa(o) o concubina(rio). En caso de no contar con esposo(a), el trámite lo podrás realizar si eres su pareja con la que vivió los 5 años anteriores al fallecimiento o si eres la persona con la que tuvo hijos y/o hijas (unión libre).
  • Pensión por orfandad. Lo pueden solicitar el hijo o hija mayor de edad o bien viuda(o) o si tienes la tutela de las o los menores
  • Pensión de ascendentes. Esta pensión se otorga al padre y/o madre del asegurado o pensionado que dependen total y absolutamente de él, al momento del fallecimiento, solamente en caso de que no tenga esposo, hijos o concubina(rio).

¿Dejó testamento?

Una persona que dejó testamento al morir tomó la decisión de distribuir su patrimonio de acuerdo a su voluntad. 

Si tu familiar informó que realizó un testamento, tú como posible heredero o legatario, puedes iniciar un procedimiento sucesorio ante notario o juez y presentar el acta de defunción, identificación oficial y el testamento, en caso de que el o la fallecida te lo haya entregado en vida. 

Una vez hecho esto, y pagado los impuestos respectivos, se podrá hacer acopio de los bienes heredados de manera inmediata.

Cancelar tarjetas de crédito, débito y departamentales

Si la o el titular de la tarjeta de crédito fallece, debes indagar sobre el manejo que tenía de ella, por ejemplo: si estaba al corriente en los pagos, las deudas y su monto, los seguros que incluía en caso de fallecimiento, quién es la institución o establecimiento otorgante del crédito para realizar el trámite de cancelación.

La deuda del occiso no se hereda, pues según la Condusef y de acuerdo con Banco de México, las emisoras de la tarjeta de crédito deberán contar con un seguro mediante el cual se cubra el saldo insoluto de la cuenta en caso de fallecimiento de la o el titular o, en su defecto, con un esquema de cobertura similar.

Para solicitar la cancelación de la tarjeta de crédito bancaria del titular debes presentar copia certificada del acta de defunción, identificación oficial del finado (IFE, pasaporte, etc.), identificación oficial de quien presenta la cancelación, escrito de notificación por fallecimiento que contenga el nombre y la cuenta del titular de la tarjeta de crédito.

Cuando una persona muere, es importante avisar lo antes posible a cada institución del fallecimiento, ya que no tienen forma de enterarse. Recuerda que los pagos no realizados de los créditos generan intereses y las primas no pagadas de los seguros significarían la cancelación del mismo.