SEGURIDAD

¿Puedo grabar a un agente de policía? esto dice la Constitución

De acuerdo con dos artículos de la Carta Magna, tiene una respuesta sumamente clara ante las personas que documentan a los servidores públicos

¿Es legal grabar a los servidores públicos?
¿Es legal grabar a los servidores públicos?Créditos: Especial
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Cuando somos detenidos por un agente de la ley, ya sea de la fuerza militar, policiaca o de tránsito para evitar algún tipo de extorsión y atestiguar los hechos por los que se está pasando, solemos sacar nuestro teléfono celular y graba a la autoridad en cuestión, a lo que estos pueden llegar a alegar que dicha acción no está permitida, pero ¿es verdad?

Todos se han preguntado si grabar a algún policía o servidor público es legal, la respuesta es que sí, siempre y cuando no se ataque a la moral, se afecte a la vida privada o pueda desembocar en un delito, de acuerdo con ciertos artículos constitucionales.

¿Entonces es completamente legal grabar a un agente de policía?

Lo mencionado anteriormente tiene sustento sobre en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, indican que el individuo no debe de ser amonestado por la manifestación de ideas o el medio.

Art. 7o.- Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.

Y añade que las autoridades no pueden establecer algún tipo de censura y los bienes usados no podrán ser incautados.

Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.

Recuerda que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está por encima de cualquier reglamento, pues nadie, ni nada, está por encima de esta.