Recientemente se supo sobre el trámite para activar el Buzón Tributario del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual de no hacerlo, dispondrá una fuerte multa de 11 mil pesos para los contribuyentes. En este marco, hay algunas personas que no tendrán que activarlo; aquí te decimos quienes.
¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es un portal personalizado que sirve como canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. Su principal objetivo es simplificar los trámites fiscales, notificar actos administrativos, enviar mensajes importantes y proporcionar información relevante.
Su activación es fundamental para evitar problemas como la pérdida de notificaciones importantes o la imposibilidad de completar trámites fiscales.
Básicamente, el Buzón Tributario sirve para:
- Notificaciones oficiales: Recibe avisos sobre actos administrativos, requerimientos y trámites.
- Información relevante: Accede a cambios fiscales, campañas y beneficios directamente del SAT.
- Facilidad en trámites: Solicita devoluciones, promociones y otros servicios electrónicos.
- Resolución de dudas: Consulta tu situación fiscal y obtén respuestas rápidas.
Multas por no activar el Buzón Tributario
El no activarlo conlleva a pérdida de información y notificaciones importantes; sobre todo, multas económicas superiores a 11 mil pesos, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación.
“Si el contribuyente no habilita su Buzón Tributario estando obligado(a) a ello o señale medios de contacto erróneos o inexistentes, conforme al artículo 17-k último párrafo, se entenderá que se opone a la notificación y la autoridad podrá notificarle por otros canales, entre ellos por estrados, en donde la o el contribuyente tendrá que realizar la consulta, perdiendo la oportunidad que le ofrece el Buzón Tributario de enterarse en tiempo real de la notificación de actos administrativos que pudieran afectarlo en su esfera jurídica (su patrimonio)", se lee en la página oficial del SAT.
¿Quiénes no tienen que activar el Buzón Tributario?
Existen ciertos casos donde habilitar el Buzón Tributario no es obligatorio para estos contribuyentes:
- Personas físicas o morales con situación fiscal cancelada en el RFC.
- Personas físicas o morales con situación fiscal suspendida en el RFC.
Igualmente hay personas con la opción de tenerlo o no habilitado:
- Personas físicas sin actividad económica o sin obligaciones fiscales.
- Personas físicas asalariadas con ingresos anuales menores a 400 mil pesos en el año anterior.
¿Cómo se puede activar el Buzón Tributario?
En dado caso de que tu Buzón Tributario no esté activo, puedes habilitarlo en el siguiente enlace:
- Ingresa al portal oficial del SAT.
- Proporciona y valida tus medios de contacto (correo electrónico y número telefónico).
- Confirma la activación para comenzar a recibir notificaciones.
Para cualquier duda puedes llamar al 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.