El Gobierno de México ha establecido nuevas disposiciones para la importación definitiva de vehículos usados, las cuales estarán vigentes desde el 5 de noviembre de este año hasta el 4 de noviembre del próximo.
Este decreto busca regularizar la entrada de vehículos al país, garantizando su legal estancia y circulación en territorio nacional.
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¿Qué vehículos pueden importarse?
La normativa permite la importación de diversos tipos de vehículos usados, siempre que cumplan con las siguientes condiciones:
Año-modelo: Deberán tener entre 8 y 9 años anteriores al año en que se realiza la importación.
Tipos de vehículos:
- Autos de pasajeros
- Vehículos para transporte de más de 10 personas
- Unidades para transporte de mercancías, tractores de carretera, semirremolques y camiones hormigonera
Franja fronteriza norte:
- Vehículos con año-modelo de 5 a 9 años de antigüedad podrán importarse con un arancel de 1% sobre su valor
- Aquellos con 10 años de antigüedad pagarán un arancel de 10% sobre su valor
Restricciones: ¿Qué autos no pueden importarse?
La reglamentación establece que los siguientes vehículos no podrán importarse:
- Aquellos cuya circulación esté prohibida o restringida en su país de origen por cuestiones técnicas o características
- Vehículos que no cumplan con las condiciones físico-mecánicas o de protección ambiental establecidas en Méxic
- Automóviles reportados como robados.
Requisitos clave para la importación
Los interesados en importar vehículos deberán presentar el certificado de origen del automóvil, especialmente si proviene de un país con el que México tiene tratados de libre comercio, para acceder a beneficios arancelarios preferenciales.
Esta medida responde a la creciente demanda de regularización y busca un equilibrio entre la importación de vehículos y la protección ambiental y técnica en México.