OBLIGACIONES FISCALES

SAT: estos gastos podrían regresarte dinero, ¿cuáles son y cómo es el trámite?

Ciertos pagos pueden darte beneficios a futuro ante el Servicio de Administración Tributaria; esto es lo que debes saber al respecto

Gastos que te pueden devolver dinero, según el SAT
Gastos que te pueden devolver dinero, según el SATCréditos: Unsplash
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) te puede devolver dinero si llevas un sano perfil fiscal; estos gastos comunes puedes deducir. También te puede interesar. ¿Cuánto dinero en impuestos pagaría Mario Bezares tras ganar La Casa de los Famosos?

Los gastos que te pueden devolver dinero son los que entran en las deducciones personales. Estos pagos pueden ser reportados en la Declaración Anual y, si todo está en orden, podrían aportar a tener números positivos y, por ende, recibir dinero por parte del organismo federal.

De acuerdo con el sitio oficial del SAT, estos gastos puedes reportar en la Declaración Anual bajo el ramo de deducibles personales, aunque también aplican para pagos hechos para familiares directos (cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos, etcétera):

  • Honorarios médicos, dentales, psicológicos y nutricionales, siempre y cuando sean ofrecidos por un profesional registrado en las autoridades competentes; es decir, con cédula profesional.
  • Análisis y estudios clínicos.
  • Medicamento que esté incluido en la factura del hospital; no son válidos comprobantes de farmacias.
  • Colegiaturas de escuelas privadas, cada nivel escolar tiene un límite anual: preescolar hasta 14 mil 200 pesos; primaria, 12 mil 900; secundaria, 19 mil 900; profesional técnico, 17 mil 100 pesos y bachillerato, 24 mil 500 pesos,
  • Transporte escolar, únicamente si es un trámite obligatorio.
  • Gastos funerarios de familiares directos (cónyuge, hijos, padres, abuelos,  etcétera).

Según información oficial del SAT, los métodos de pago aceptados para hacer válida esta cláusula son: “cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicio”. La deducción no aplica para ningún pago en efectivo. Igualmente, cabe apuntar que esta ventana es únicamente para personas físicas con registro previo.

Para conocer toda la información correspondiente a esta actividad fiscal, puedes visitar este micrositio web del SAT, pues hay más gastos que se pueden deducir, así como condiciones para poder argumentarlos en la Declaración Anual.