Cuando una persona fallece sin dejar testamento, se inicia un proceso de sucesión legítima o intestamentaria, en el que la ley define quiénes serán los herederos y cómo se distribuirán los bienes.
Por ello, se recomienda formalizar la última voluntad ante un notario para evitar conflictos familiares y trámites complicados.
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¿Quiénes heredan por sucesión legítima?
La ley prioriza a los parientes más cercanos:
- Primero: Hijos, cónyuge o concubino(a), siempre que ninguno tenga otro matrimonio vigente
- Después: Padres, hermanos y familiares hasta el cuarto grado (tíos, primos y sobrinos)
- Excluidos: Parientes por afinidad, como cuñados, suegros o yernos, no tienen derecho a heredar
Solo los familiares del mismo grado heredan en partes iguales, excluyendo a los más lejanos.
¿Cómo se realiza el proceso?
- Notarial: Si no hay disputas entre los herederos, el trámite es más rápido
- Judicial: En caso de conflicto, el proceso es más largo y complejo
El juez o el notario nombrará un albacea, encargado de administrar los bienes y distribuirlos a los herederos.
¿Qué sucede si no hay herederos?
Si el fallecido no tiene parientes cercanos, la ley establece que los bienes pasen a la beneficencia pública, usualmente al DIF o a otra institución definida por la normativa local.