La Aduana Mexicana ha detectado a ciudadanos mexicanos intentando ingresar al país vehículos extranjeros sin que puedan comprobar que son de su propiedad, por lo que se les estipula una multa y el embargo del auto.
Cabe mencionar que si el conductor es mexicano y es acompañado por el dueño del vehículo, no existe ningún problema, pero en caso de que viaje solo el auto en al momento es retenido por agentes aduanales, si es sorprendido, y se le impone una multa, la cual consistirá sobre el valor del vehículo.
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En cuanto a la Ley, se maneja en las reglas de comercio exterior, la número 348 que dice que, para efectos de la Ley Aduanera, los vehículos propiedad de residentes en el extranjero podrán circular dentro de una franja de 20 kilómetros paralela a la Línea Divisoria Internacional y también en la región fronteriza; siempre y cuando se cumpla que el vehículo cuente con placas extranjeras o documentos comprobatorios de circulación en el extranjero. Un mexicano solamente puede conducirlo cuando:
“Se encuentre un residente del extranjero en el vehículo, debe ir a bordo”.
Embargo del vehículo extranjero
En caso de que el vehículo haya sido decomisado por elementos aduanales, en la garita podrá ser recuperado siempre y cuando la persona propietaria del vehículo compruebe con documentación que es de su propiedad. Es decir, si el auto es originario de Estados Unidos, el propietario debe ser ciudadano estadounidense o residente legal de aquel país.
En caso de que el vehículo no sea reclamado por el propietario o no pueda constatar que le pertenece, la unidad será enviada al almacén de la dependencia.
La multa porque un ciudadano mexicano cruce un vehículo de procedencia extranjera y no acredite su propiedad, podría perder el vehículo y tener una multa relacionada con el valor del vehículo y de los impuestos del mismo.