ECONOMÍA

Reparto de utilidades 2023: éste es el límite de dinero para cada empleado

Las utilidades son un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir parte de las ganancias de la empresa o patrón por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado

Escrito en NACIONAL el

El reparto de utilidades está a la vuelta de la esquina; aunque la última reforma aprobada obliga a las empresas a tener que repartir el 10 por ciento de sus utilidades. 

Todos aquellos que ofrezcan sus servicios a una persona física o moral como trabajador subordinado tienen derecho de recibir  un salario y también de participar en las utilidades, incluye a los empleados eventuales, de planta y exempleados.

Las empresas que reparten utilidades deben tener ganancias después del cálculo y presentación del Impuesto Sobre la Renta (ISR), excepto que una empresa sea nueva como para que no haya generado dichas ganancias o que esté por lanzar o haya lanzado un producto nuevo.

Desde el mes de marzo las empresas deben de presentar su declaración anual, es una obligación del patrón hacerlo por los ingresos  obtenidos y los impuestos pagados. En teoría, los empleados deberían de tener acceso a la declaración de la empresa, lo cual no siempre ocurre ni se tiene conocimiento.

Luego de que fue presentada, son 10 días los que tiene el patrón para mostrársela a los empleados para que identifiquen si hubo utilidades o no; si sí, es una forma de solicitar lo que corresponde.

¿Cuál es el tope de las utilidades 2023?

Trabajadores y empleadores deben de conformar una comisión extra con el fin de realizar el cálculo y determinar cuánto es de utilidades para cada empleado.

La mitad de las utilidades se reparte conforme a días trabajados; la otra mitad es con el monto de los salarios percibidos por los trabajadores.

Hay un tope de tres meses de salario o el promedio de la PTU pagada en los últimos tres años, se elige el que más beneficios le brinde al empleado.

En años anteriores era el 10% de las utilidades; ahora el máximo será de tres veces el valor de la nómina.

La fecha límite para que las recibas en este año es el 30 de mayo para los trabajadores que se desempeñan para una persona moral (empresa); las personas que trabajan para una persona física (patrón) deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.

 

, de lo contrario puedes denunciar a la empresa en inspeccionfederal@stps.gob.mx o ir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.