BUZÓN TRIBUTARIO

SAT: se vence el plazo para habilitar el Buzón Tributario, estas son las multas por no tenerlo activado

A partir de enero de 2024, el contribuyente será sancionado con una multa si no acata esta disposición, te decimos a cuánto asciende

De no tener activado el Buzón Tributario, el contribuyente recibirá sanciones.
De no tener activado el Buzón Tributario, el contribuyente recibirá sanciones.Créditos: Especial
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Se acerca el fin de año y con ello vencerá el plazo para activar el Buzón Tributario, una herramienta (o disposición) del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que no de no tenerlo activado a partir del 1 de enero de 2024, generará sanciones al contribuyente.

Por lo tanto, el SAT recomienda registrar y mantener actualizados los medios de contacto del contribuyente, esta disposición es una obligación fiscal desde el año 2020, pero a partir de 2024 generará sanciones si no es acatada, ya que contar con Buzón Tributario habilitado y medios de contacto actualizados, es una obligación fiscal.

El plazo para cumplir con este requerimiento vence el 31 de diciembre de 2023, por lo que el SAT exhorta a os contribuyentes que no han hecho este trámite, que lo realice a la brevedad para evitar multas.

¿Para quién es obligatorio?

La obligación de habilitar el Buzón Tributario aplica para todos las personas o empresas inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con excepciones para: personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados.

 

¿Cuál es la multa si no activas el Buzón Tributario?

De acuerdo con el Artículo 86-C del Código Fiscal de la Federación (CFF), aquellas personas que incumplan en las obligaciones fiscales impuestas por el SAT (entre ellas el Buzón Tributario), podrían tener que pagar una multa entre los 3, 400 pesos hasta 10,260 pesos.

¿Qué es el Buzón Tributario?

Es una especie de canal de comunicación directa entre el SAT y el contribuyente, que busca simplificar las notificaciones de los actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera eficiente y segura, es decir que llegue la mayor prontitud.

Al habilitar este buzón, el contribuyente accede a un portal privado y personalizado en el que encuentra ciertos beneficios como:

- Economizar el tiempo de los contribuyentes, así como de los trámites que se realizan.

- Generar certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones.

- Recibir notificaciones vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet.

- Tener conocimiento de la información o resolución derivado de los trámites realizados.

- Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.

- Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.