VIALIDAD

¿Te pueden multar si estacionas tu auto frente a un portón particular?

Existen numerosos castigos por estacionarse frente a una vivienda; lo que debes saber según la ley en diferentes estados

Estacionarse frente a portones
Estacionarse frente a portonesCréditos: Internet | El Mañana
Escrito en NACIONAL el

La lucha por encontrar un lugar de estacionamiento en las calles es una realidad diaria para muchos conductores. Sin embargo, ignorar las señales de "no estacionarse", "entrada y salida constante" o estacionarse frente a una vivienda con portón puede resultar en multas considerables, según lo establece el marco legal de cada estado.

Estacionarse en un portón

Por ejemplo, en lugares como la Ciudad de México, de acuerdo con las regulaciones de tránsito locales, estacionarse frente a una entrada o salida constante está prohibido.

Esta medida tiene como objetivo garantizar la movilidad y seguridad tanto de los residentes como de los conductores. Las multas por violar esta normativa varían dependiendo de la gravedad de la infracción y pueden ascender a montos considerables.

Monto de las multas

La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México establece diferentes tarifas para las multas relacionadas con el estacionamiento en zonas no permitidas.

Estacionarse frente a una vivienda puede generar multas que oscilan entre los $1,500 y los $3,000 pesos, dependiendo de factores como la obstrucción del acceso, la ubicación y las restricciones específicas de la zona.

Las consecuencias de hacer caso omiso o ignorar las señales y estacionarse de manera indebida no solo implica el riesgo de recibir una multa, sino también de ser sancionado con el retiro del vehículo por parte de las autoridades competentes.

Esta acción, además de generar inconvenientes para el conductor, puede resultar en costos adicionales relacionados con el servicio de grúa y el depósito del automóvil.

Los conductores deben prestar especial atención a las señales de estacionamiento y respetar las restricciones establecidas. Se recomienda buscar estacionamientos permitidos y planificar con anticipación para evitar situaciones que puedan resultar en multas y complicaciones innecesarias.

En CDMX

El artículo 29 del del Reglamento de Tránsito de la CDMX, establece:

  • “Al estacionarse u ocupar la vía pública, se deberá hacer de forma momentánea, provisional o temporal, sin que represente una afectación al desplazamiento de peatones y circulación de vehículos, o se obstruya la entrada o salida de una cochera”.
  • Si bien la calle es pública y apartar lugares de estacionamiento en ella tampoco está permitido, estacionarse frente a la entrada de una casa infringe con el último punto establecido en la normativa, por lo que los conductores que lo hagan serán sancionados.
  • ¿De cuánto es la multa por estacionarse frente a la entrada de una casa?
  • El reglamento establece los conductores que cometan esta falta serán sancionados con una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), la cual en 2021 es de 89.62 pesos, es decir que la multa puede ir de los 896.20 pesos a los 1,792.40 pesos. También se restarán puntos a la licencia para conducir y se puede utilizar grúa para trasladar el vehículo a un depósito o corralón.

Otros puntos a tomar en cuenta

El Reglamento de tránsito de CDMX también establece que en zonas en las que existan sistemas de cobro por estacionamiento en vía pública el conductor de un vehículo con placas de matrícula para persona con discapacidad tiene preferencia en la utilización de los espacios disponibles.

En Tamaulipas

El Capítulo XII del estacionamiento de vehículos de ese estado indican lo siguiente:

  • ARTICULO 150.- No se permitirá la existencia de estacionamientos exclusivos en la vía pública, salvo los que correspondan a terminales de servicio público de transporte.
  • ARTICULO 151.- Cuando en una vía pública por causa fortuita o de fuerza mayor, el vehículo quede estacionado en lugar prohibido, su conductor deberá encender las luces intermitentes y colocar señales de advertencia y retirarlo a la mayor brevedad posible.
  • ARTICULO 152.- Queda prohibido estacionarse en aceras, camellones, andadores, en doble fila, en carriles de alta velocidad, en curvas o cimas y en general lugares identificados como prohibidos. En ningún caso se deberá obstruir la entrada y salida de peatones y vehículos.

En resumen, la clave para evitar multas y problemas legales es la conciencia y el respeto de las normativas de tránsito. Mantenerse informado sobre las regulaciones de tu estado contribuirá a una convivencia más armoniosa en las calles de la Repúiblica Mexicana.