Ya se aproxima el tan esperado reparto de utilidades en México, las utilidades es una prestación laboral a la que tienen derecho a todos los trabajadores en el país que laboran en una empresa, respaldado por la Ley Federal del Trabajo y la Constitución Mexicana, pero hay algunas excepciones, aquí te decimos cuales.
Hay algunas excepciones para los que no aplica el pago de utilidades tanto para trabajadores como para patrones, pues ambos deben cumplir con ciertas características para acceder y otorgar esta prestación como lo establece la ley laboral.
¿Para quiénes no aplica el pago de utilidades?
Para los empleados, la Ley Federal del Trabajo establece que sólo tiene derecho a acceder al reparto de utilidades los empleados o trabajadores que hayan laborado durante al menos 60 días en la empresa bajo contrato.
Este derecho de pago de utilidades no aplica para trabajadoras del hogar; puestos directivos, administrativos y gerentes generales, así como profesionistas, técnicos, artesanos y quienes presten sus servicios a través del pago de honorarios.
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Los trabajadores que sí cumplan con los requisitos pronto deberán recibir su pago de utilidades, incluso cuando ya no se encuentren trabajando en la empresa a la fecha del reparto, por lo cual contarán con un plazo máximo de 12 meses para reclamarlo.
¿Cómo calcular el pago de utilidades?
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Por otra parte, las empresas también deben cumplir con ciertas características para estar obligadas a repartir utilidades entre su personal.
Según el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, quedan exentas de esta obligación las siguientes empresas particulares:
- Empresas de nueva creación con menos de un año operando.
- Empresas nuevas dedicadas a elaborar un producto nuevo, durante sus primeros dos años.
- Empresas nuevas de la industria extractiva que están en periodo de exploración.
- Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
- Instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Empresas que han reportado ingresos anuales menores a 300 mil pesos en su declaración ante el SAT.
- Instituciones de asistencia privada con fines humanitarios, sin propósitos de lucro y sin beneficiarios designados individualmente.
Las empresas que no figuren en esta lista están obligadas a repartir utilidades entre sus trabajadores, sin importar si se trata de personas morales o personas físicas, deben estar dentro de los 60 días después de presentar su declaración anual.
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Por último, cabe recordar que la utilidad a repartir debe dividirse en dos partes iguales: la primera se divide por igual entre los trabajadores, considerando días laborados por cada uno durante el año; la segunda se reparte en proporción a los salarios devengados durante el año.
¿Cuándo deben pagarse las utilidades? La obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas.