En las ofertas de trabajo se dice que cuentan con las Prestaciones de Ley, pero ¿qué son y de que se conforman?, aquí te explicamos qué significa y cuales son sus beneficios.
Las prestaciones de ley son aquellos beneficios que los trabajadores formales obtienen y el cual están sustentados por la Ley Federal del Trabajo. Estas prestaciones tienen el objetivo de mejorar las condiciones laborales de todas las personas.
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Por lo tanto, todos los empleadores deben de ofrecer si te encuentras en un esquema laboral subordinado, que se refiere comúnmente en un régimen fiscal de sueldos y salarios, esto sin importar que te encuentres bajo un contrato indefinido, temporal, individual, colectivo.
Se contemplan 12 prestaciones que tienes derecho a recibir los cuales se conforman de la siguiente manera:
- Aguinaldo: esta es una de las prestaciones que más esperan los trabajadores y se abona con fecha máxima del 20 de diciembre y consiste en el pago mínimo de 15 días de salario, aunque algunas empresas pueden ofrecer más de 30 días de salario como bono.
- Vacaciones: con esto al cumplir un año de trabajo tienes derecho de 6 días de vacaciones con goce de sueldo.
- Prima vacacional: al momento de tomar tu periodo vacacional, debes de recibir al menos 25% del salario a los días que tomes.
- Días de descanso: tienes derechoa. descansar al menos un día a la semana, dependerá del empleador los días que pueda asignar.
- Prima dominical: en caso que tu día de descanso sea entre semana y labores el domingo, tienes derecho a recibir un 25% adicional a tu salario ordinario.
- Pago de utilidades: otra de las prestaciones que más se esperan es el reparto de utilidades que corresponde a un pago por concepto de ganancias que tuvo la empresa, aunque en algunos casos esto no ocurre según las condiciones de tu empleador.
- Seguridad social: al trabajar tienes derecho a ser incorporados al IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social), el cual te brindará atención médica así como registrar el número de semanas de trabajo que ayudará al momento de jubilarte, ya que se vincula con las aportaciones a tu Afore.
- Licencia de maternidad y paternidad: tanto las madres y padres tienen derecho a un periodo para no acudir al trabajo con el nacimiento de un hijo. Para el padre corresponde 5 días para no asistir al trabajo y para las madres son seis semanas antes y seis semanas después del embarazo.
- Licencia de adopción: en caso de elegir la adopción, también se brinda un periodo de descanso que consta de 6 semanas en mujeres.
- Periodo de lactancia: si después de terminar tu licencia de maternidad, tienes derecho a un periodo de lactancia que consta de dos descansos de 30 minutos para alimentar al bebé, o en caso de no tener las instalaciones adecuadas, se reduce la jornada de trabajo una hora durante seis semanas.
- Prima de antigüedad: si cumples 15 años de antigüedad, tienes derecho a 12 días de salario por cada año cumplido, el cual se otorga cuando tú separas de tu cargo.
- Prestaciones por renuncia o despido: no obstante, si renuncias voluntariamente, o eres despedido tienes derecho a recibir el pago de finiquito y liquidación según sea las condiciones de la separación de tu puesto laboral.
Recuerda que en caso de dudas o incumplimiento de pago de tus prestaciones, puedes acercarte a la Profedet (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo), para recibir asesoría y presentar una denuncia en caso de ser necesario, sólo llama al llama al 55 59 98 2000 con extensión 44782 ,83, 85, 86, 87, 88 y 89.