CÓDIGO CIVIL FEDERAL

Todo lo que tienes que saber sobre la pensión alimenticia: Como se calcula y cuales son sus requisitos.

El derecho de los beneficiarios de esta son que los gastos como la comida, vestido, educación, habitación y asistencia médica sean cubiertos.

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Según los artículos de 301 a 323 del Código Civil Federal toda la ciudadanía dentro del país tiene derecho a recibir y proporcionar alimentos, como alimentos se refiere a comida, vestido, habitación y asistencia médica en caso de que esta sea necesaria. 

Además que también es necesario incluir los gastos de la educación, para que así puedan desempeñar algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a sus circunstancias personales.

La pensión alimenticia deberá de ser fijada por convenio o sentencia atendiendo a la posibilidad del que tiene la obligación de darlos y la necesidad de quien deba de recibirlos.

¿Quiénes tienen derecho a pedir la pensión alimenticia?

Los menores de edad, las personas con discapacidad, los sujetos a estado de interdicción, padres de la tercera edad  y el cónyuge o concubino (a) que se dedique al hogar.

¿Quién tiene la obligación de dar la pensión alimenticia? 

Las personas que están obligadas a brindar la pensión alimentaria son los padres, cónyuges, concubinos y hermanos, así también como los hijos e hijas cuando los padres que carezcan de capacidad económica o medios para su manutención. 

En caso de que las personas anteriormente nombradas no puedan representarlo, se nombrará por el juez un tutor interino. 

¿Cómo calcular la pensión alimentaria?

Esta aportación deberá siempre ser proporcional a las posibilidades económicas de quien debe de darlos siempre sin incumplir con las necesidades de quien debe de recibirlos

La cantidad de dinero que se aportara será determinado por un convenio o sentencia que sea decidida por el juez y aumentaran en medida que la percepción económica del individuo aumente, según a el aumento porcentual del salario mínimo. 

Se debe de tener presente que la pensión corresponderá mínimamente al 15 por ciento de las percepciones del tutor o tutora y este porcentaje representara las necesidades de cada hijo. 

Un juez puede hacer un cálculo económico dependiendo de la situación particular y se basa en conceptos como la zona donde habita la pareja demandada, el número de hijos, las capacidades especiales de los involucrados , las deudas que tenga la persona demandada —ya sean créditos, préstamos o hipotecas— y el salario percibido.

¿La pensión puede ser entregada en especie?

La pensión alimentaria puede ser entregada tanto de manera monetaria como en especie o combinado, siempre y cuando se cumpla con las necesidades del pensionado, no existe una disposición legal que diga lo contrario. 

Cabe recalcar que la pensión alimenticia puede ser garantizada mediante el uso de hipotecas, prenda, deposito o fianza que sea la suficiente para cubrir los alimentos y buena calidad de vida del acreedor según lo que el juez considere justo y necesario.

¿Cómo se fija el derecho a alimentos para los cónyuges en caso de divorcio?

Los cónyuges pueden fijar el monto de los alimentos mediante convenio o bien puede determinarlo el Juez mediante sentencia.

Tendrá derecho a alimentos el cónyuge que lo necesite, fijándose de acuerdo a las siguientes circunstancias:

  • Edad y estado de salud
  • Grado de estudios y posibilidad de acceso a un empleo
  • Medios económicos de uno y otro cónyuge de acuerdo a sus necesidades
  • Otras obligaciones que tenga el cónyuge deudor
  • Otras circunstancias que el Juez estime necesarias y pertinentes