REGLAMENTO DE TRÁNSITO

En Tamaulipas esta es la multa y consecuencia por traer los vidrios polarizados

Los conductores tendrán que enfrentarse a las sanciones y multas por las autoridades de tránsito por traer esta película adhesiva en las ventanas de los coches

Infracción de tránsito
Infracción de tránsitoCréditos: Especial
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Uno de los adornos para vehículos más buscados por los propietarios de estos es el polarizado, con el cual se mantiene la privacidad del conductor y el contenido del mismo, pero a las autoridades de tránsito señalan que los automovilistas que cuenten con este adhesivo en sus vehículos podrán enfrentar una multa.

Además de brindar privacidad y seguridad, dentro del vehículo, el polarizado ofrece a los conductores el beneficio de proteger su vista de los rayos del sol, deslumbramientos y evitar el cansancio de la vista, otro de los puntos a favor menos mencionados es la capacidad que tiene que este adhesivo oscuro es la de disipar la acumulación de calor dentro.

El estado de Tamaulipas tiene una postura bastante clara sobre el uso del polarizado en los coches particulares y en algunos casos aplicando multas o sanciones a los automovilistas que lo porten.

De acuerdo con las autoridades, el polarizado es una obstrucción para identificar a los conductores y a sus pasajeros, así como su carga, descartar actividad sospechosa y limitar la visibilidad al exterior en entornos oscuros, dificultando la vista de quien maneje, poniendo en riesgo su vida, la de sus ocupantes, peatones y vehículos que circulen por la vía pública.

¿De cuánto es la multa por llevar las ventanas polarizadas en Tamaulipas?

El Reglamento de Tránsito de Tamaulipas, estipula que si un conductor lleva un auto con cristales polarizados o está estrellado de tal forma que imposibilita la visibilidad a su conductor y a la autoridad, ver dentro del coche, podría ser amonestado.

Las sanciones impuestas puestas por la autoridad tamaulipeca, van desde la retención del vehículo infractor de 24 a 72 horas de reguardo.

Además, se aplicará una multa de acuerdo a dos veces el salario de la Unidad de Medida y Actualización, conforme al Artículo 20 Bis, correspondiente a los 208 pesos mexicanos con 48 centavos.