TRÁMITES

Registro civil de Tamaulipas: ¿Cómo registrar a un recién nacido?

El proceso es sumamente sencillo y requiere dos visitas

Con el registro del bebé, se garantizan sus derechos universales como el derecho a la protección contra la violencia y a recibir servicios sociales esenciales del país donde vive
Registro de bebé.Con el registro del bebé, se garantizan sus derechos universales como el derecho a la protección contra la violencia y a recibir servicios sociales esenciales del país donde viveCréditos: Especial
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Una cuestión sumamente importante para cualquier persona en el Estado es saber qué hacer en el ámbito legal cuando nace un infante, sobre todo para tener una certeza legal de su existencia. Para todo lo anterior, se debe conocer cómo registrar a un recién nacido en las instituciones debidas: el Registro Civil de Tamaulipas.

Luego de un doloroso, pero emotivo parto, hay que comenzar trámites para identificar al recién llegado bebé al país; por ello es menester de los padres de familia llevar a cabo el proceso con el que el menor tendrá un registro legal en el conteo de la población ante el gobierno. 

Generalmente en todos los Estados los pasos a seguir para dar de alta a un recién nacido en el territorio son similares, requiriendo la presencia de los padres de familia o tutores para iniciar el proceso, mismo que no requiere cita en el Registro Civil de la comunidad.

En esta sesión se piden una serie de documentos (original y copia), que serán visualizados por el notario público, dando así inicio a la actividad legal. 

Dichos documentos son:

  • Certificado de nacimiento emitido por el hospital o clínica de salud donde nació la persona a registrar, o por la partera debidamente registrada, o la constancia de parto o alumbramiento, o prueba de ADN certificado por la institución oficial de salud para comprobar la filiación.
  • Acta de nacimiento, pasaporte vigente, matrícula consular vigente del padre o madre de nacionalidad mexicana. En caso de que ambos sean mexicanos se deberán presentar las dos actas.
  • Identificación de la persona a registrar o cualquier tipo de documentación oficial que acredite su identidad.
  • Identificación oficial vigente de ambos padres.
  • Certificado de inexistencia emitido por el Registro Civil del Estado de nacimiento.
  • Comprobante de domicilio a nombre de la persona a registrar.

Hay una particularidad en estas instrucciones, pues si el menor nace en territorio mexicano pero sus padres o la madre es extranjera, se deberá presentar el original de los documentos antes mencionados, además de pruebas documentales del paso de la madre por México en la fecha del alumbramiento. Un ejemplo de esto son los documentos relativos a atención medica recibida en el país o, documentos migratorios.

Una vez dada la información necesaria, se generará una segunda cita, en la que los padres o tutores deberán presentarse con dos testigos y el nombre del infante para generar su Acta de Nacimiento oficial. Dicho testigos no pueden ser ni los abuelos ni los padres de la persona a registrar. 

Si necesitas más información o tienes alguna duda específica, puedes comunicarte los números registrados en este enlace.