Es común que cada año los paisanos que regresan a México traigan regalos a sus parientes, por lo que es común ver camionetas con televisiones, bicicletas, electrodomésticos, entre otros productos que cuando se excede la franquicia permitida se deberá pagar un impuesto por el excedente.
Hay paisanos que personalmente deciden acudir a declarar su mercancía a la oficina del SAT, para que les hagan una valoración de la mercancía excedente, así también para el pago de impuestos, estos varían de la cantidad o del valor de la mercancía, por otro lado, hay quienes se aventuran y deciden no declarar, pero al tocarles luz roja en la aduana, tendrán que pagar el impuesto y una posible multa por no declarar.
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En el caso de los resientes locales que viven en la frontera sucede lo mismo a la hora de cruzar mercancías de Estados Unidos a México, pero su franquicia es menor, pero en temporada decembrina aumenta.
La franquicia por cruzar mercancías de Estados Unidos a México
Es el territorio comprendido entre la línea divisoria internacional del norte del país y la línea paralela a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del país.
Para Fronterizos
Las personas mayores de edad que sean residentes en la franja o región fronteriza, pueden ingresar las mercancías para su consumo personal, siempre y cuando cumplan con lo siguiente:
- El valor de las mercancías no debe exceder diariamente del equivalente en moneda nacional o extranjera a 150 dólares de Estados Unidos de América.
Sin embargo, existen periodos que correspondan al Programa Paisano publicado por el Instituto Nacional de Migración y la Administración General de Aduanas, en las páginas electrónicas www.inm.gob.mx y www.sat.gob.mx. , los pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza al interior del país, podrán importar al amparo de la franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional.
- Cuando ingreses a territorio nacional en tu vehículo y en él se transporten más de dos personas, el valor de las mercancías que ingresen en su conjunto no deberá de exceder de 400 dólares.
Al amparo de esta franquicia no incluye estas mercancías:
- Bebidas alcohólicas.
- Cerveza
- Tabaco labrado en cigarros o puros
- Combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible de tu vehículo
- Acreditar, a solicitud de la autoridad aduanera, ser mayores de edad y tu residencia en dichas zonas, mediante una identificación oficial que te acredite como residente de dichas zonas.
Franquicia para los paisanos que regresen a México
Durante el periodo del programa de Héroes Paisanos, la franquicia aumenta de $300 a $500 para quienes viajan por carretera. La franquicia puede acumularse si las personas viajan juntas en el mismo medio de transporte, a excepción de los residentes de la franja fronteriza.
En caso de que ocurra algún tipo de intimidación o acto de corrupción, se puede hacer la denuncia en el siguiente enlace.
Ahora que ya sabes cuáles las franquicias para los paisanos y los residentes locales, sabrás que a partir de que cantidades ya se debe pagar por el impuesto, de lo contrario podrías ser acreedor de una multa por no declarar tu mercancía excedente permitida.