Sin duda alguna, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se ha convertido en una de las instituciones más temidas al momento de realizar el pago de impuestos, así como cualquier otro tipo de obligación fiscal.
En este sentido es importante saber que esta dependencia ahora estará involucrada en la modalidad vehicular esto para asegurar que los conductores cumplan con los pagos de las multas o infracciones de tránsito
El organismo tributario, ahora tendrá una breve intervención al momento de que los usuarios quieran evadir las múltiples sanciones que se manejan al cometer una falta en la vialidad, ya que en caso de no realizar la penalización en tiempo y forma, estos podrían enfrentar un complejo procedimiento con el SAT.
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El SAT y las infracciones vehiculares
En este tenor, el Servicio de Administración Tributaria ha dado a conocer ciertos lineamientos para que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones fiscales, entre las cuales están contempladas las multas de tránsito que los oficiales emiten diariamente a los ciudadanos que comente algún tipo de penalización.
Por eso, si fuiste multado por la Guardia Nacional (GN), el recibo de cobró deberá efectuarse a la más pronta brevedad, puesto que en caso de no acatarlo en tiempo y forma, el infraccionado tendrá que responder con una sanción económica cercana a los 17 mil pesos.
Pero es importante dejar en claro, que este lineamiento será aplicado para todas aquellas multas de tránsito que no sea abonadas dentro del plazo establecido por la GN.
En dado caso se prolongar el pago de la penalización, el SAT emitirá una modalidad para comenzar con un procedimiento de cobranza coactiva, lo cual resultaría de gran impacto para el conductor en cuestión.
Esto significa que el Servicio de Administración Tributaria emite un requerimiento de pago formal ante las autoridades correspondientes, por lo que exige de manera puntual el abono inmediato de la posible sanción vehicular.
Por tal motivo si el conductor hace caso omiso de dicha advertencia, el órgano también podrá implementar sanciones más severas que involucren a los bienes o el retiro de la licencia de manejo.
¿Cuáles son las infracciones de tránsito?
De acuerdo al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, la Guardia Nacional puede imponer multas por diferentes acciones ilícitas de tránsito entre las que se encuentran:
- No usar cinturón de seguridad.
- Transportar personas en el lugar destinado para carga
- Realizar maniobras de cambio de carril sin precaución
- No portar las placas o la tarjeta de circulación
- Circular sin placas de circulación.
- Estacionarse en zonas prohibidas.
- Exceder el límite de velocidad.
Si deseas tener más información, la Guardia Nacional puede orientarte marcando al número 088, donde los usuarios podrán obtener la línea de captura para pagar la infracción.
Además lo puedes hacer en la página oficial de internet y en las oficinas de registro de infracciones de la Guardia Nacional.